Volver a sentencias
TCP

0595/2020-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
24 de septiembre de 2020SALA TERCERA
Resumen del caso

Sentencia 0595/2020-S3

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0595/2020-S3 Sucre, 24 de septiembre de 2020

SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional

Expediente: 32149-2019-65-AAC Departamento: Potosí

En revisión la Resolución 03/2019 de 13 de noviembre, cursante de fs. 277 a 284, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Agustín Pérez Jorge contra Richarth Copa Colque, Asesor Legal de la Unidad de Ordenamiento Territorial y Catastro del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Llallagua del departamento de Potosí.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 4 y 7 de noviembre, ambos de 2019, cursantes de fs. 214 a 219 vta.; y, 222 y vta., el accionante manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Por los acontecimientos políticos que dieron lugar a la relocalización minera, el sector denominando Sakamarca y la localidad de Catavi quedaron abandonados sin ninguna construcción hasta que las organizaciones cívico vecinales tomaron la iniciativa de asentarse a través de organizaciones urbanas, con ocupación y buena fe según el art. 110 del Código Civil (CC), edificándose varias viviendas, siendo su persona uno de los favorecidos con la entrega de un lote de terreno con destino a la construcción de vivienda.

Habiéndose hecho miembro del control social de Llallagua para fiscalizar a ese GAM, en actitud de represalia, éste último obstaculizó las labores de construcción de su lote de terreno argumentando una supuesta construcción clandestina y consiguiente proceso administrativo para la demolición de cimientos y pilares levantados con destino a vivienda.

Dicho proceso administrativo sancionatorio, fue llevado a cabo por Richarth Copa Colque, Asesor Legal de la Unidad de Ordenamiento Territorial y Catastro del GAM de Llallagua del departamento de Potosí, quien llegó a emitir la Resolución Administrativa (RA) 003/2019 UN.O.T.-CASTASTRO de 5 de julio, que declaró probada la demanda administrativa de oficio por construcciones clandestinas, siendo notificado con dicha determinación el 25 de igual mes y año, pero sin hacerse referencia que providencia o resolución estaría siendo notificado; no obstante, en razón a ese fallo, se declaró ejecutoriada la misma -también de oficio- mediante Auto de 5 de agosto de 2019, ateniéndose al art. 32.II del Reglamento Administrativo Sancionatorio de Construcciones Clandestinas y Fuera de Norma; por su parte, el 5 del mismo mes y año presentó recuso de revocatoria, el cual no fue considerado según providencia de 7 de similar mes y año.

Mostrando 12 de 58 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional24 de septiembre de 20200595/2020-S3Fuente oficial