Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0617/2020-S4 Sucre, 20 de octubre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 33444-2020-67-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución de 10/2020 de 7 de febrero, cursante de fs. 14 vta. a 18 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Yovana Cuba Condori en representación sin mandato de Alex Freddy Gutiérrez Cuba contra Alberto Zeballos Aguilera y Yulisa Choque Arancibia, Juez y Oficial de Diligencias del Juzgado Mixto Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz respectivamente.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 6 de febrero de 2020, cursante de fs. 1 a 6, el accionante a través de su representante sin mandato manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra, la audiencia de consideración de cesación a la detención preventiva señalada para el 6 de febrero de 2020, fue suspendida sin razón ni motivo alguno, no obstante que la misma debió celebrarse el 22 de agosto, 16 de octubre y 29 de noviembre todos del 2019 y el 22 de enero de 2020; empero, llegado el día respectivo la autoridad y funcionaria judicial demandadas, pusieron pretextos, como la existencia de baja médica y la asistencia a cursos de capacitación del Juez de la causa; y, que la Oficial de Diligencias no tenía tiempo por estar llena su agenda, para poder efectuar las notificaciones a los sujetos procesales y llevar el oficio a la Central de Notificaciones para operar el traslado de su persona, del Centro de Penitenciario Santa Cruz Palmasola al Juzgado Mixto Civil y Comercial, Familia, Niñez y Adolescencia e Instrucción Penal Primero de El Torno del departamento de Santa Cruz, donde debía cumplirse el acto mencionado, ocasionándole, un perjuicio personal por mantenerlo detenido, situación dilatoria indebida, que atentó del mismo modo su derecho a la libertad.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante sin mandato denunció la lesión de sus derechos a la libertad, a la defensa, a la tutela judicial efectiva y al principio de igualdad, citando al efecto, los arts. 1, 9, 13, 22, 23, 115, 116.I, 117, 119, 120, 178 y 410.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 8 y 9 de la Declaración Universal de Derechos Humanos (DUDH); y, 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
I.1.3. Petitorio
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