Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0618/2020-S4 Sucre, 20 de octubre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 33514-2020-68-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 16/20 de 7 de febrero de 2020, cursante de fs. 118 a 119, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Oscar Ruben Salcedo Macias en representación sin mandato de Rosa Patricia Torrico Torrez contra Andrea Velasco Vargas, Directora Departamental de Régimen Penitenciario y Víctor Manuel Melgar Campero, Asesor Jurídico de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario ambos del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 6 de febrero de 2020, cursante de fs. 41 a 43 vta., la accionante a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Toda vez que, se encuentra privada de su libertad por la comisión del delito de suministro de sustancias controladas desde el 26 de agosto de 2016; acogiéndose al Decreto Presidencial 3756 de 24 de diciembre de 2018, solicitó indulto total el 21 de febrero, 21 de marzo, 3 de abril y 23 de diciembre de 2019, así como el 16 y 23 de enero de 2020; sin embargo, las mismas fueron rechazadas argumentando el no cumplimiento de las observaciones efectuadas, sin que exista una fundamentación clara del motivo de dichos rechazos.
El 31 de enero de 2020, el Asesor Jurídico de la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Santa Cruz, le informó de manera presencial y verbal, que se tenía que realizar una aclarativa en relación con un segundo proceso, la que debía presentarse hasta finalizar la tarde, siendo imposible tal situación; por lo que, consideró que el funcionario demandado actuó de mala fe; el 6 de febrero del mismo año, su abogado, acudió a la referida Dirección Departamental de Régimen Penitenciario, con la finalidad de hacer conocer la aclarativa solicitada; sin embargo, fue anoticiado de que su cliente quedo fuera del beneficio del indulto total, el mismo que solicitó durante un año cumpliendo con cada una de las observaciones realizadas, y otras que no se encuentran establecidas en el art. 10 del Decreto Presidencial 3756. I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La accionante denunció la lesión de su derecho al debido proceso vinculado con su derecho a la libertad, citando al efecto los arts. 23.I y 115.II de la Constitución Política del Estado (CPE); 7 núm. 1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); y, 9 núm. 1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP).
I.1.3. Petitorio
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