Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0624/2021-S1 Sucre, 9 de noviembre de 2021
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 37057-2021-75-AL Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 009/2020 de 17 de noviembre, cursante de fs. 48 a 53 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Javier Moisés Villanueva Michel contra Yossif Iván Morales Cortez y Luz Verónica Moya Cayoja, ambos Vocales de la Sala Constitucional Segunda del departamento de Oruro; Rosario Rodríguez Sánchez, Jueza de Sentencia Penal Primera del mismo departamento; y, Gonzalo Álvarez Condori, Fiscal de Distrito de Oruro.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 16 de noviembre de 2020, cursante de fs. 4 a 5, el accionante, asevera lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
A través de la Resolución 100/2020 pronunciada en su contra por los Vocales Yossif Iván Morales Cortez y Luz Verónica Moya Cayoja, ahora demandados, se le denegó la tutela y le impusieron costas; asimismo, no atendieron su pedido de fotocopias de los informes presentados por la Cooperativa de Telecomunicaciones Oruro (COTEOR).
Señala que se encuentra perseguido ilegalmente por un presunto delito de avasallamiento, lo cual se hizo para callarlo, sin cumplir la Ley Contra el Avasallamiento y Tráfico de Tierras -Ley 477 de 30 de diciembre de 2013-, y sin embargo, en todos los casos que él demanda se da el rechazo. Agrega que el Fiscal de Distrito debe traer todos los cuadernos de los casos denunciados, y explicar si controla a sus dependientes.
Refiere que Rosario Rodríguez Sánchez fue su profesora del Colegio Saracho, donde él era estudiante, y señala que la mencionada busca venganza con los que fueron sus alumnos, dado que debía allanarse ante el trámite para separarle del caso, y rechazarlo por no cumplir con los requisitos de la citada Ley 477.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
Alega estar perseguido ilegalmente, citando en audiencia el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela, y en consecuencia:
- a)Se ordene al Presidente y Vocal de la Sala Constitucional Segunda, remita ante el Ministerio Público la demanda contra el Alcalde Saúl Josué Aguilar para su investigación, porque no se le respondió al problema generado por los vehículos cuyas placas señala, y "los planos con su informe no llegaron a juzgado como se indica" (sic); y,
- b)Se informe por ante el Ministerio Público, sobre el caso de avasallamiento en su contra, indicando si cumple con la Ley 477 y las Sentencias Constitucionales que rigen el trámite; y lo propio para la Juez Rosario Rodríguez Sánchez.
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Efectuada la audiencia pública el 17 de noviembre de 2020, según acta cursante de fs. 40 a 47 vta., se produjeron los siguientes actuados:
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