Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0627/2021-S4 Sucre, 5 de octubre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 36133-2020-73-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 182/2020 de 29 de agosto, cursante de fs. 41 a 43 vta., pronunciada dentro la acción de libertad interpuesta por Waldo Ururi Saavedra en representación sin mandato de Silvia Irma Guzmán Peres contra Oscar Manuel Sogliano Helguero, Sub Alcalde de la zona Sur del Gobierno Autónomo Municipal de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 29 de agosto de 2020, cursante de fs. 31 a 32 vta., la accionante a través de su representante sin mandato expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Siendo propietaria de un Inmueble de 300 m2 ubicado en el cantón Palca Provincia Murillo del departamento de La Paz, debidamente registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo la matrícula computarizada 2.01.1.01.0013481, el Gobierno Autónomo Municipal de Nuestra Señora de La Paz, a través de la Sub Alcaldía de la zona Sur, le inició un proceso administrativo mediante Auto Inicial 87/2019 de 10 de septiembre, generándose en primera instancia la "RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA MACRODISTRITAL DE FISCALIZACIÓN TECNICA TERRITORIAL N° 571/2019" (sic), a través de la cual se sanciona con la demolición de 152.60 m2 del referido inmueble y de igual manera la multa pecuniaria de UFV's 9 262.- (nueve mil doscientos sesenta y dos Unidad de Fomento a la Vivienda) a sus inquilinos Ana María Velásquez Aramayo, Waldo Ticona y Claudio López, por construcción sin autorización; consiguientemente, se pronunció la "RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA MACRODISTRITAL DE MANDAMIENTO DE EJECUSIÓN N° 97/2020 SUB ALCALDIA ZONA SUR - MACRODISTRITO V. de fecha 19 de marzo..." (sic), pese a que Oscar Manuel Sogliano Helguero, Sub Alcalde de la zona Sur del citado Gobierno Autónomo Municipal -autoridad ahora demandada- no tiene competencia para realizar actos de fiscalización en la jurisdicción correspondiente al Municipio de Palca del departamento de La Paz.
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