Volver a sentencias
TCP

0634/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
28 de octubre de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0634/2020-S4

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0634/2020-S4 Sucre, 28 de octubre de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de amparo constitucional

Expediente: 32535-2020-66-AAC Departamento: Cochabamba

En revisión la Resolución 0104/2019 de 11 de diciembre, cursante de fs. 199 a 203, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Paulina Obando Salazar contra Juan Carlos Angulo López, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Mediante memorial presentado el 4 de diciembre de 2019, cursante de fs. 73 a 82 vta., la accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue sometida a proceso administrativo sancionador, por el supuesto incumplimiento del art. 35 inc. i) del Reglamento para Establecimiento de Bebidas Alcohólicas, aprobado mediante la Ordenanza Municipal 003/2013 de 5 de febrero, emitida por el Gobierno Autónomo Municipal de Tiquipaya del departamento de Cochabamba; sin embargo, dicha norma no fue publicada legalmente en la Gaceta ni mucho menos socializada a través de algún medio de comunicación del departamento mencionado, tornándose en un instrumento inexistente y por ello, ilícito el proceso sustanciado en su contra.

Asumiendo defensa en el referido proceso, dentro del cual se dictó en primera instancia la Resolución Administrativa (RA) 154/2018 de 28 de diciembre, opuso en su contra el recurso de revocatoria -resuelto negativamente a través de la RA 017/2019 de 8 de mayo- y su posterior jerárquico, que fue atendido por el Alcalde -hoy demandado-, quien en ausencia total de sindéresis legal, rechazó dicho medio de impugnación mediante la Resolución Ejecutiva Municipal 157/2019 de 17 de octubre.

Tanto en la última Resolución Administrativa indicada -que pone fin a la vía administrativa- y su anterior que resolvió el recurso jerárquico, se sustentó el rechazo a los recursos en una falta y/o ausencia de una correcta, idónea y objetiva valoración de los medios probatorios acumulados por la autoridad sumariante, lo que acarrea la violación de los derechos de la accionante; ya que la presunta denunciante -que fuera menor de edad- figura representada por su abuela, sin que medie elemento probatorio sobre el parentesco entre ambas, ni poder notariado que avale la legitimación procesal a favor de la presunta abuela.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

La accionante denunció la lesión de sus derechos al debido proceso -en su elemento de valoración de la prueba- y al trabajo; citando al efecto los arts. 46.I, 115.II y 116.I y 117.I de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Mostrando 15 de 71 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional28 de octubre de 20200634/2020-S4Fuente oficial