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TCP

0648/2022-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
22 de junio de 2022SALA TERCERA

Voto Disidente 0648/2022-S3

Proceso
—
Sala
SALA TERCERA
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 22 de junio de 2022

SALA TERCERA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas

Sentencia Constitucional Plurinacional: Acción de amparo constitucional

Expediente: 42263-2021-85-AAC Partes: Ariel Gustavo Torrejón Martínez contra Carlos Eduardo Bru Cavero, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de Yacuiba del departamento de Tarija.

Departamento: Tarija

I. ANTECEDENTES

El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la vida, a la salud, a la alimentación, al trabajo, a una remuneración justa, a la seguridad social, al debido proceso y a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones; puesto que, el Alcalde accionado agradeció sus servicios y lo desvinculó de su fuente laboral sin justificativo alguno y sin considerar que es tutor de una persona con discapacidad intelectual; por lo que, al estar amparado en la Ley General del Trabajo acudió ante la Jefatura Regional de Yacuiba del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, instancia que emitió la Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR-018/2021 de 8 de junio, que fue confirmada por la Resolución Administrativa (RA) MTEPS/JRTY/AESR 030/2021 de 21 de julio; sin embargo, hasta la interposición de la acción de amparo constitucional la misma no fue cumplida.

La , objeto del presente Voto Disidente, confirmó en parte la Resolución de 13 de agosto de 2021, cursante de fs. 111 a 119, pronunciada por la Jueza Pública de la Niñez y Adolescencia, de Partido del Trabajo y Seguridad Social Primera de Yacuiba del departamento de Tarija; y en consecuencia: "1° CONCEDER en parte la tutela solicitada de manera provisional, en cuanto a los derechos a la vida, a la salud, a la alimentación con relación al derecho al trabajo, a una remuneración justa y a la seguridad social, por las razones expuestas en el presente fallo constitucional. a) Disponer que el Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de Yacuiba del departamento de Tarija, dé cumplimiento integral a la Conminatoria de Reincorporación JRTY/AESR-018/2021 de 8 de junio, en el plazo de cuarenta y ocho horas a partir de su notificación con esta Sentencia Constitucional Plurinacional. 2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos al debido proceso y a una justicia pronta, oportuna y sin dilaciones, conforme a los fundamentos jurídicos expuestos en este fallo constitucional" (sic). II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA

La , en su Fundamento Jurídico III.3 -Análisis del caso concreto- realizó las consideraciones y razonamientos siguientes:

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Tribunal Constitucional Plurinacional22 de junio de 20220648/2022-S3Fuente oficial