Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2020-S1 Sucre, 23 de octubre de 2020
SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad
Expediente: 33648-2020-68-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 13/20 de 6 de marzo de 2020, cursante de fs. 202 vta. a 204, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Siomara Antelo Arteaga contra Daniel Emilio Franco Fernández, Director; y Alexander Gutiérrez Peña, funcionario policial, ambos de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC) de Los Lotes del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 5 de marzo de 2020, cursante de fs. 3 a 6 vta., la accionante expresó los siguientes argumentos de hecho y derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público en su contra por la presunta comisión del delito de robo signado como caso FELCC_LT 709/19, se dispuso su detención preventiva; por lo que, se encuentra detenida en el Centro Penitenciario Palmasola del departamento de Santa Cruz.
El 22 de enero de 2020, el Fiscal de Materia emitió resolución de sobreseimiento a su favor; por ello, y para poder lograr su libertad, pidió que se notifique a la víctima; así, el 19 de febrero de igual año, se remitió el cuaderno de investigación a Alexander Gutiérrez Peña, funcionario policial asignado al caso, a objeto que verifique el domicilio del apoderado legal de la víctima dentro del proceso referido, con la finalidad de notificarle con la resolución conclusiva; sin embargo, habiendo transcurrido quince días desde lo ordenado, el demandado incumplió con la verificación y notificación mencionadas; motivo por el cual, su madre acudió ante el Director de la FELCC, quien le mencionó que no haría; toda vez que, es el investigador asignado al caso quien debe solucionar el tema.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
Denuncia la lesión de su derecho a la libertad, sin especificar norma constitucional alguna.
I.1.3. Petitorio
Solicita se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia, se ordene que la autoridad y funcionario policial demandados procedan a realizar las notificaciones con la Resolución de Sobreseimiento a la víctima.
I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías
La audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad, se realizó el 6 de marzo de 2020, según consta en el acta cursante de fs. 201 a 202, produciéndose los siguientes actuados:
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