Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0655/2021-S3 Sucre, 20 de septiembre de 2021
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional
Expediente: 31623-2019-64-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 153/2021 de 30 de junio, cursante de fs. 111 a 114 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Jaime Aranibar Castro y Roberto Jaimes Vilela Sanjinez, atribuýendose la representación legal de Jockey Club de La Paz Sociedad Anónima (S.A.) contra Iván Ramiro Campero Villalba y Lourdes Martha Nuñez Flores, Vocales de la Sala Social Administrativa, Contencioso y Contenciosa Administrativa Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 4 de octubre de 2019 y 4 de junio de 2021, cursantes de fs. 59 a 60 y 78 a 79, la parte accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Jockey Club de La Paz S.A. "en liquidación" es un organismo deportivo cultural sin fines de lucro, con personalidad jurídica reconocida mediante Resolución Suprema (RS) 17925 de 30 de marzo de 1946 de acuerdo a normativa entonces vigente. Resulta que esa institución fue notificada con la Resolución Determinativa 440 de 5 de noviembre de 2018 emitida por el Gobierno Autónomo Municipal (GAM) de La Paz sobre cargos impositivos, estos fueron debidamente impugnados a través de Recurso de Alzada arguyendo serias anomalías y el hecho de que el ente municipal, de forma irregular pretende -el cobro- de impuestos, pero por otro lado llegó a confiscar su propiedad en la región rural denominada Auquisamaña al decretar la virtual inmovilización económica y uso social como área de preservación y de reserva sin ser expropiado para no pagar indemnización.
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