Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0665/2021-S4 Sucre, 12 de octubre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 36152-2020-73-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 07/2020 de 1 de julio, cursante de fs. 84 a 85, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por María Luisa Herrerra Lovera en representación sin mandato de Luisa Miriam Gladis Alvis Callejas contra Guadalupe Fátima Apaza Mayta, funcionaria Policial.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memorial presentado el 30 de junio de 2020, cursante de fs. 1 a 3 vta., la accionante a través de su representante sin mandato, refirió lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su condición de médico del Policlínico 4 de la Caja Nacional de Salud (CNS) de El Alto, que atiende de manera directa a pacientes con COVID-19, se percató de haber probablemente contraído la enfermedad, razón por la que el 26 de junio de 2020, al presentar síntomas por COVID-19, le transfirieron del Policlínico referido al Policlínico Central de la CNS ubicado en la Plaza Murillo de Nuestra Señora de La Paz, a objeto de que se le realice la valoración correspondiente de sus pulmones.
Una vez en el lugar, intentó ingresar al mismo exhibiendo incluso su credencial a la funcionaria policial ahora demandada, quien le indicó que debía guardar fila, sin percatarse que ya le faltaba el aire; además reduciéndola de los brazos, sin considerar que su persona cuenta con setenta y cuatro años y que su vida se encontraba en peligro, procediendo de manera ilegal a su aprehensión; además de ello, en una total desproporción entre aquella funcionaria policial y su persona enferma y en estado de vulnerabilidad por su avanzada edad; fue trasladada de forma arbitraria a la Fiscalía y puesta a disposición de la autoridad jurisdiccional quien posteriormente emitió mandamiento de libertad en su favor, no obstante, sus derechos a la libertad, a la vida como a la salud ya habían sido por demás lesionados por aquella funcionaria policial.
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
La impetrante de tutela, a través de su representante sin mandato denunció la lesión de sus derechos a la libertad, la vida y a la salud, citando al efecto los arts. 15 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 7 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
I.1.3. Petitorio
Solicitó se conceda la tutela y observancia a la acción de libertad reparadora y correctiva, se proteja la libertad, la vida y la salud de una persona vulnerable, al ser de la tercera edad y presentar síntomas por COVID-19.
I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
Celebrada la audiencia pública el 1 de julio de 2020, según consta en el acta cursante de fs. 79 a 83, presentes los representantes sin mandato de la peticionante de tutela y de la funcionaria policial demandada; se produjeron los siguientes actuados.
I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
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