Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0666/2021-S4 Sucre, 12 de octubre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 36180-2020-73-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 15/2020 de 2 de octubre, cursante de fs. 31 a 35 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ruth Adriana Miranda Cruz en representación sin mandato de Roberto Bernal Salek contra Marco Antonio Cossio Viorel, Fiscal Departamental de La Paz; y, Rodolfo Antonio Montero Torrico, Comandante General de la Policía Boliviana.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 2 de octubre de 2020, cursante de fs. 1; y 17 a 20 vta., el accionante a través de su representante sin mandato manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Es propietario del predio denominado "La Finca", ubicado en la comunidad San Pedro de la Loma en el municipio de Coroico del departamento de La Paz, que fue adquirido a título gratuito por el expropietario Pol Figuerola Fort, registrado en la oficina de Derechos Reales (DD.RR.) bajo matrícula computarizada 214101000541, en cuyo lugar tiene un hotel de hospedaje; en el cual, se encuentran alojados trabajadores de la empresa "ARMEN SRL", subcontratada por el Ministerio Medio Ambiente y Agua para el proyecto "Agua Potable Coroico".
Los miembros de la citada Comunidad "desde hace mucho tiempo (...) vienen realizando actos con la intención de apropiarse..." (sic) de su propiedad, aduciendo que dicho inmueble es de su comunidad, amenazándolo con tomar su finca si no la abandonaba en veinticuatro horas.
El 1 de octubre de 2020, alrededor de cincuenta comunarios se presentaron a su propiedad armados, asustándole y a sus huéspedes incluido menores de edad; por lo cual, para protegerse ingresaron al hotel, hecho que fue aprovechado por los comunarios quienes cerraron la puerta con candados, para mantenerlos privados de la libertad; además, corriendo riesgo su vida; por lo que, para precautelar su vida llamaron a la policía y a la fiscalía, a fin de que puedan realizar las acciones legales para salvaguardar su integridad, recibiendo como respuesta que no podían presentarse en el lugar porque no abastecían para controlar la organización criminal, encontrándonos desprotegidos.
Pese a que se informó de la comisión de delitos que atentan contra la vida, integridad física de todos los secuestrados en el Hotel, el Ministerio Público no realizó ninguna investigación penal, menos la apertura de proceso que corresponde; siendo que, se encuentran retenidos en dicho Hotel alrededor de once personas mayores de edad y cuatro menores de edad, corriendo peligro, pues en cualquier momento pueden ser ajusticiados.
Los dirigentes de la comunidad de Coroico les están privando indebidamente de su libertad, amenazando su vida e integridad física, pues están rondando y acechando el lugar para que no puedan escapar; además, dichos dirigentes están organizados criminalmente.
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