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TCP

0679/2021-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
21 de octubre de 2021SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0679/2021-S2

Proceso
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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0679/2021-S2 Sucre, 21 de octubre de 2021

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad

Expediente: 36747-2020-74-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 07/20 de 28 de octubre de 2020, cursante de fs. 32 a 35, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilfredo Pérez Aliaga en representación sin mandato de Adrián Julio Mostacedo contra Isabel Amelia Paz Lea Plaza, Jueza de Ejecución Penal Cuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 27 de octubre de 2020, cursante de fs. 11 a 12 vta., el accionante a través de su representante, expresó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Sentencia "18/2017", fue condenado a la pena privativa de libertad de seis años y ocho meses de los cuales ya cumplió "CUATRO AÑOS ONCE MESES Y DOS SEMANAS DE PENA PAGADA" (sic); en tal sentido, al cumplir con los requisitos previstos en el art. 138 de la Ley de Ejecución Penal y Supervisión (LEPS), por memorial de 23 de septiembre de 2020, planteó incidente de redención ante la Jueza de Ejecución Penal Cuarta de la Capital del departamento de Santa Cruz; no obstante que, el Decreto Supremo (DS) 26715 de 27 de julio de 2002 -Reglamento de Ejecución de Penas Privativas de Libertad-, en su art. 74.III, expresamente dispone que: "Dentro de las 24 horas de recibida la solicitud, el Juez de Ejecución solicitará al Director del Establecimiento el informe correspondiente otorgándole el plazo de 48 horas"; sin embargo, hasta la fecha la Jueza de la causa no dio cumplimiento a dicha disposición.

Tomando en cuenta que se encuentra privado de libertad casi cinco años, presumiendo que se le redima cinco meses de pena por año, tendría más de veinte meses de pena redimida, lo que significaría que su pena estaría pagada.

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