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TCP

0688/2020-S1

Tribunal Constitucional Plurinacional
4 de noviembre de 2020SALA PRIMERA
Resumen del caso

Sentencia 0688/2020-S1

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0688/2020-S1 Sucre, 4 de noviembre de 2020

SALA PRIMERA Magistrada Relatora: MSc. Julia Elizabeth Cornejo Gallardo Acción de libertad

Expediente: 33783-2020-68-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 35/2020 de 23 de enero, cursante de fs. 81 a 85, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Sonia Alicia Calamani Paco; y, Teodora Flores Arias, Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de La Asunta, provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, contra Simón Sonco Machaca, Hugo Ricardo Ortiz López, Nemesio Aduviri, Jaqueline Rivero Espinoza, Concejales del indicado Concejo Municipal; y, Freddy Quispe, Freddy Machicado Vásquez, Fructoso Delgado, Rafa Sánchez, Dionisia Basante, Ejecutivos de las Federaciones de La Asunta y Machaca, y otros.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 22 de enero de 2020, cursante de fs. 1 a 2 vta., las accionantes, expusieron los siguientes argumentos de hecho y derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

En calidad de concejalas del Concejo Municipal de La Asunta, Quinta Sección de la provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, fueron elegidas y posesionadas como Presidenta y Secretaria, respectivamente, del referido ente deliberante, por el periodo del 6 de junio de 2019, hasta el 6 del mismo mes de 2020, conforme al Reglamento. Sin embargo, a partir del 20 de diciembre de 2019, un grupo de personas dentro de las cuales se encontraban algunas que las golpearon e intentaron vejarlas en el puente de la comunidad de Puerto Rico, encabezadas por los Concejales demandados, de forma amenazante invadieron los alrededores de la plaza principal de La Asunta, donde tenían que trabajar como miembros del Concejo Municipal; estas personas alegando ser ejecutivos de las Federaciones de La Asunta y Chamaca, no les permitieron desarrollar sus funciones y, aprovechando esa situación, los miembros del Concejo pretendieron obligarles a sesionar, así Sonia Alicia Calamani Paco, como Presidenta del mismo, se vio obligada a abandonar el lugar frente a amenazas contra su vida, y al ser objeto de una lesión en su muñeca, lo cual fue aprovechado para intentar imponer una nueva Directiva del mencionado Concejo Municipal, con otro Presidente sin cumplir los mínimos requisitos ni el procedimiento establecido por ley, hechos y conductas que fueron denunciados tanto ante el Órgano Ejecutivo Electoral, como ante el Ministerio Público; empero, siguen perjudicando su trabajo.

El 26 de diciembre de 2019, Sonia Alicia Calamani Paco fue encerrada en las oficinas del Edificio Consistorial, aprovechando que el personal administrativo salió a comer, atentando contra su libertad física y de locomoción. El 16 de enero de 2020, los mismos volvieron a ingresar violentamente a ambientes del Concejo Municipal -reventando petardos- provocando temor en sus personas. Ante esas reiteradas e impunes acciones, de acoso y violencia política; y amenazas con ser asesinadas y violadas, pretendiendo obligarles a renunciar, interponen la presente acción de libertad, al encontrarse en riesgo su vida, invocando las , , , , con los entendimientos de la acción de libertad preventiva y restrictiva previstos en la , reiterada por la , siguiendo el razonamiento de la sobre el hábeas corpus restringido.

I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

Consideran lesionados sus derechos a la vida, a la salud, y al debido proceso en relación con el derecho a la libertad, citando al efecto el art. 125 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitan se conceda la tutela impetrada; y en consecuencia se disponga:

  1. a)Cesen de inmediato las amenazas de muerte, el acoso violento a las instalaciones del Concejo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz y se asegure su derecho a la vida e integridad física; sea con el uso de la fuerza pública de ser necesario; y,
  2. b)Sea con aplicación de costas, daños y perjuicios.

I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías

La audiencia pública de consideración de la presente acción de libertad, se realizó el 23 de enero de 2020; según consta en acta cursante de fs. 79 a 80 vta.; produciéndose los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

Las accionantes por intermedio de su abogado añadieron que:

  1. 1)Fueron posesionadas el 6 de junio de 2019, como Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz; sin embargo, los demandados reestructuraron la mesa directiva, sin tomar en cuenta que su elección es por un año, mismo que termina en junio de 2020, alegando supuestos actos irregulares; y,
  2. 2)De esa manera se creó una directiva paralela con Simón Sonco Machaca como Presidente; Nemesio Aduviri, Vicepresidente; y, Jaqueline Rivero Espinoza, Secretaria, todos del antes citado Concejo Municipal, quienes atropellaron su humanidad y lesionaron la mano de la Presidenta -ahora accionante- alegando incumplimiento de deberes pretendiendo forzar su renuncia, motivo por el cual llamaron a la Policía Boliviana para que hagan registro del lugar; asimismo, dicho acoso y violencia política fue puesto en conocimiento del Tribunal Electoral Departamental.
I.2.2. Informe de las autoridades y personas demandadas

Los concejales demandados, así como los codemandados Freddy Quispe y Freddy Machicado Vásquez, no asistieron a la audiencia, no obstante su legal citación cursante de fs. 6 a 7 y de fs. 10 a 11; ni presentaron informe escrito alguno. Asimismo, se evidencia en el Acta de audiencia como en el memorial cursante a fs. 12, que las accionantes retiraron la demanda contra Fructuoso Delgado, Rafa Sánchez y Dionisia Basante.

I.2.3. Resolución

La Jueza de Instrucción Penal Novena de la Capital del departamento de La Paz, constituida en Jueza de garantías, mediante Resolución 35/2020 de 23 de enero, cursante de fs. 81 a 85, denegó la tutela solicitada, disponiendo se remitan antecedentes al Ministerio Público; conforme a los siguientes fundamentos:

  1. i)Cita a las ; y 1888/2013 de 29 de octubre, entre otras, que señalan que cuando en la vía ordinaria existen mecanismos de protección inmediata y eficaz para la tutela del derecho a la libertad física y de locomoción, se debe acudir previamente a ellos, antes de activar la acción de libertad;
  2. ii)Las accionantes no demostraron que hubieran sido privadas de su libertad, que se hubiera vulnerado su derecho a la vida o haber sido perseguidas de manera que pudiera establecerse el quebrantamiento de tales derechos fundamentales; y,
  3. iii)Las impetrantes de tutela presentaron denuncia ante el Tribunal Supremo Electoral, instancia que aún no se ha pronunciado al respecto.

En vía de complementación y enmienda, señaló que al haberse referido a una amenaza, a fin de garantizar el ingreso a las oficinas del Concejo Municipal, dispuso se oficie al Comando Departamental de la Policía Boliviana para que otorguen protección o resguardo policial a las solicitantes de tutela.

II. CONCLUSIONES

De la revisión y compulsa de los antecedentes que cursan en obrados, se establece lo siguiente:

II.1. Resolución Municipal SACP 01/2019 de 6 de junio, aprobando la elección y posesión de la nueva directiva del Concejo Municipal de La Asunta, Quinta Sección de la provincia Sud Yungas del departamento de La Paz, gestión junio 2019 a mayo 2020, compuesta por las siguientes concejalas: Sonia Alicia Calamani Paco, Presidenta; María Mercedes Rojas Huanca, Vicepresidenta; y, Teodora Flores Arias, Secretaria (fs. 27 a 28). II.2. Por Nota con CITE: CMLA-SACP-02/2019 de 6 de junio, se remite la Resolución Municipal SACP 02/2019, a Reynaldo Calcina Luna, Alcalde del Gobierno Autónomo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz, siendo dicha nota firmada por todos los Concejales del mencionado Gobierno Autónomo Municipal, ahora en conflicto (fs. 29 a 30). Cursa DVD, en el que se puede evidenciar declaraciones del demandado Freddy Machicado Vásquez, quien refiere que pedirán la reestructuración de la Directiva del Concejo Municipal de La Asunta, debido al incumplimiento de deberes de dos de sus miembros (fs. 13).

II.3. Acta de Suspensión de la Sesión Ordinaria 01/2019 de 19 de diciembre, firmada por los Concejales Nemesio Aduviri, Hugo Ricardo Ortiz López, Jaqueline Rivero Espinoza, Presidenta de la Comisión de Desarrollo Social Productivo Comunitario; y, Simón Sonco Machaca, todos del Gobierno Autónomo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz, alegando inasistencia de la Directiva del referido Concejo Municipal; y asimismo solicitan la sanción al Directorio ausente (fs. 21).

II.4. Nota de 20 de diciembre de 2019, dirigida al Pleno del Concejo Municipal, firmada por los Concejales Nemesio Aduviri, Hugo Ricardo Ortiz López, Simón Sonco Machaca y Jaqueline Rivero Espinoza, a través de la cual piden se incluya como orden del día la destitución y reestructuración de la Presidencia del Concejo Municipal y de su Directorio en pleno, así como de las Comisiones municipales, alegando deficiencias e incumplimiento en sus deberes como máximos representantes del Concejo Municipal (fs. 77 a 78).

II.5. Informe 15/2019 de 26 de diciembre, emitido por Julio Eulogio Mendoza Cáceres, Notario de Fe Pública N° 1 de La Asunta del departamento de La Paz, a solicitud de la Presidenta y Secretaria del Concejo Municipal mediante Nota CMLA-SACP-335/2019, evidenció que los muebles del Concejo se encontraban sucios, llenos de polvo, y en la sala de los Concejales presentaba un chorro de agua producto de una gotera en el techo; en el despacho de la Presidenta y Secretaria no se evidenció ninguna irregularidad (fs. 19 y vta.)

II.6. Informe 16/2019 de 26 de diciembre, emitido por Julio Eulogio Mendoza Cáceres, Notario de Fe Pública Nº 1 de La Asunta del departamento de La Paz, refiere que en la Sesión Ordinaria 047/2019 de la fecha indicada, evidenció falta de quórum, encontrándose presentes en la sala de sesiones, únicamente Sonia Alicia Calamani, María Mercedes Huanca y Teodora Flores Arias, Presidenta, Vicepresidenta y Concejal, respectivamente; y que en el pasillo advirtió la presencia de tres varones y una dama en reunión, desconociendo sus nombres; en la sala de espera se encontraba el personal administrativo (fs. 20 y vta.).

II.7. Nota de "3 de enero de 2019" (sic), por la que Simón Sonco Machaca, Jaqueline Rivero Espinoza y Nemesio Aduviri, Presidente, Secretaria y Concejal, respectivamente, del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz, solicitan a Julio Mendoza Cáceres, Notario de Fe Pública N° 1 de dicho municipio, realizar un inventario de los archivos y activos fijos pertenecientes al Concejo Municipal (fs. 18).

II.8. Por Nota de 5 de enero de 2020, el Notario de Fe Publica N° 1 de La Asunta del departamento de La Paz, representa ante el Director Departamental del Notariado de La Paz, el conflicto presentado frente a la existencia de dos Directivas en el Concejo Municipal de dicho municipio (fs. 15 a 17).

II.9. Certificado Médico Forense de 17 de enero de 2020, emitido a requerimiento fiscal, en el que consta que fue examinada Sonia Alicia Calamani Paco, quien refiere agresión física por parte de tres personas conocidas de sexo masculino, el día jueves 16 de igual mes y año, a horas 10:30 aproximadamente, en la Sala de Sesiones del Concejo del Gobierno Autónomo Municipal de La Asunta del departamento de La Paz; señala en el examen dolor en muñeca derecha, y en conclusiones se establece la ausencia de lesiones al momento de examen, sugiriendo valoración por psicología (fs. 36).

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