Texto del fallo
Sintesis del caso
La impetrante de tutela denunció la lesión del debido proceso en su elemento defensa y los derechos a la locomoción, a la presunción de inocencia y a la dignidad; en razón a que, la Fiscal de Materia demandada la citó para que preste su declaración informativa en calidad de sindicada, en base a la denuncia penal efectuada (…) en forma verbal, respecto a hechos inexistentes y que fueron calificados como falsedad material e ideológica y uso de instrumento falsificado; empero, el acta donde constaba inicialmente dicha denuncia fue modificada, sin que el citado denunciante haya prestado previamente su declaración informativa ni realizado investigación policial alguna.
Sintesis de la ratio decidendi
Se denegó la tutela impetrada, al no cumplirse con los presupuestos procesales establecidos en la jurisprudencia constitucional; respecto al caso concreto, no es posible ingresar al fondo de la problemática planteada.
Extracto de la ratio decidendi
F.J.III.2. “…no se advierte que las supuestas lesiones al debido proceso denunciadas, tengan vinculación directa con el derecho a la libertad de la accionante; por cuanto, ni el inicio de investigación en su contra ni la convocatoria a la misma a prestar su declaración informativa, tienen incidencia directa (…), más aún, si se considera que al momento de la interposición de la presente acción tutelar se encontraba en pleno ejercicio de su derecho a la libertad…” (…) no se advierte que la accionante se hubiere encontrado en absoluto estado de indefensión, en razón a que ella misma asegura que tiene pleno conocimiento del estado de la investigación penal; por ende, está consciente de los mecanismos intraprocesales de los que podría hacer uso (…)”.
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0691/2021-S4 Sucre, 12 de octubre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 36429-2020-73-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución de 12/20 de 14 de octubre de 2020, cursante de fs. 102 vta. a 105, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Mary Luz Vela Gavillo contra Mariela Toledo Durán, Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
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