Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0698/2020-S3 Sucre, 3 de noviembre de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 33795-2020-68-AL Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 012/2020 de 8 de mayo, cursante de fs. 17 a 19, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilfredo Rodo Romero contra Karen López Chispas, Jueza Pública de Familia Sexta de la Capital del departamento de Chuquisaca.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante por memorial presentado el 7 de mayo de 2020, cursante de fs. 1 a 4 vta., manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso de asistencia familiar seguido en su contra, la demandante señaló un domicilio que no habita, a efectos de su citación; sin embargo, no opuso incidente de nulidad de citación, lo que no significa que el domicilio ubicado en la calle sin denominación del Barrio Yurac Yurac de la ciudad de Sucre, sea considerado como verdadero.
Al tener conocimiento del proceso de forma extraoficial y a fin de "estar a derecho" se apersonó al Juzgado Público de Familia Sexto de la Capital del departamento de Chuquisaca, oponiéndose a la pretensión y señalando domicilio procesal ubicado en la calle Ladislao Cabrera número 326 de la ciudad de Sucre, para efectos de notificación con posteriores providencias y resoluciones.
Mostrando 11 de 51 parrafos.