Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 27 de junio de 2022
SALA TERCERA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Sentencia Constitucional Plurinacional: Acción de amparo constitucional
Expediente: 42350-2021-85-AAC Departamento: La Paz
Partes: Eduardo Ramiro Gómez Loaiza contra Rosmery Lourdes Pabón Chávez, Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, Patricia Eugenia Mendoza Murillo, Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del mismo departamento.
I. ANTECEDENTES
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la presunción de inocencia, a la propiedad y al trabajo, por cuanto la Jueza coaccionada en el Auto Interlocutorio 11/2020 de 18 de agosto, a tiempo de considerar y resolver su incidente sobre calidad de los bienes (confiscación de su bien mueble), de manera contradictoria estableció que no pudo probar los extremos cuestionados pese a los antecedentes procesales del caso; y, la Vocal accionada, en el Auto de Vista 045/2021 de 10 de febrero, ratificó el citado Auto Interlocutorio, en el mismo sentido que la instancia inferior, en virtud a que no consideró los antecedentes procesales sobre su no participación en el hecho y su desconocimiento sobre la utilización de su bien como instrumento del delito.
La , objeto del presente Voto Disidente, confirmó la Resolución 142/2021 de 21 de julio, cursante de fs. 85 a 90 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y, en consecuencia:
"1° CONCEDER en parte la tutela solicitada con relación a la Vocal de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; y,
- a)Disponer dejar sin efecto el Auto de Vista 045/2021 de 10 de febrero, ordenando que en su lugar se emita uno nuevo, conforme a lo expuesto en los fundamentos jurídicos del presente fallo constitucional.
2° DENEGAR la tutela solicitada, respecto a la Jueza de Sentencia Penal Cuarta de la Capital del departamento de La Paz, de acuerdo a los fundamentos jurídicos de la presente Sentencia Constitucional Plurinacional".
II. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DE LA DISIDENCIA
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