Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0704/2020-S3 Sucre, 3 de noviembre de 2020
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 33828-2020-68-AL Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 50/2020 de 8 de mayo, cursante de fs. 98 a 103 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Osvaldo Marcelo Silva Morales en representación sin mandato de Oscar Mauricio Arraya Mier contra Bolcha Cecilia Guzmán Pinto.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante a través de su representante sin mandato por memorial presentado el 7 de mayo de 2020, cursante de fs. 68 a 75 vta., manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso de divorcio seguido contra Bolcha Cecilia Guzmán Pinto, la Jueza Pública de Familia Octava de la Capital del departamento de Oruro emitió la Sentencia 153/2017 de 8 de noviembre, determinando su desvinculación matrimonial, y otorgó a su madre la guarda de la hija que procrearon dentro la relación -la menor AA- que en la actualidad tiene siete años, situación legal que fue establecida en un Acuerdo Regulador de 25 de septiembre de 2017, siendo homologado por la referida autoridad judicial.
Dentro de esa desvinculación matrimonial, de forma libre y voluntaria, firmaron un acuerdo entre partes, estableciendo la visita paterna para los días sábados y cualquier otro día de la semana, fijándose también un monto de asistencia familiar, obligación que cumple puntualmente mediante depósitos bancarios, así como otras de carácter moral y humano a fin de generar actos de estabilidad emocional, vinculados a la seguridad, a la vida e integridad física y psicológica de su hija.
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