Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 27 de junio de 2022
SALA TERCERA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Sentencia Constitucional Plurinacional: Acción de amparo constitucional
Expediente: 42556-2021-86-AAC Partes: Marcos Parada Chávez contra Rubén Mauricio Salcedo Flores en representación legal de la Empresa SARUMADI Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.).
Departamento: Santa Cruz
La suscrita Magistrada expresa su disidencia respecto a la , dado que no comparte los fundamentos asumidos en este fallo constitucional, ello con base a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales.
I. ANTECEDENTES
El accionante denuncia la vulneración de sus derechos, al trabajo y empleo, a la estabilidad laboral, al debido proceso, a la defensa, a la salud y a la seguridad social vinculado a la vida y a la integridad física; toda vez que, fue despedido de manera ilegal de la empresa SARUMADI S.R.L., razón por la que acudió a la Jefatura Departamental de Trabajo de Santa Cruz dependiente del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, en la que se emitió la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM. 62/2021 de 23 de junio, que dispuso su reincorporación laboral, el pago de sueldos devengados desde el despido, manteniendo su antigüedad y demás derechos que le correspondan por ley; la cual no obstante de haber sido legalmente notificada a la parte empleadora, no fue acatada.
II. ARGUMENTOS DE LA DISIDENCIA
Bajo esa precisión del objeto procesal en esta acción tutelar, se tiene que el fallo constitucional objeto de la presente disidencia, determinó CONFIRMAR en parte la Resolución 127/21 de 25 de agosto de 2021, cursante de fs. 50 a 53, pronunciada por la Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz; y, en consecuencia: 1° CONCEDER la tutela solicitada de manera provisional, con relación a los derechos a la estabilidad laboral, al trabajo y empleo, a la salud y a la seguridad social vinculado a la vida y a la integridad física, debiendo la empresa "SARUMADI" S.R.L. dar cumplimiento a lo dispuesto en la Conminatoria de Reincorporación Laboral por Estabilidad Laboral JDTSC/JCCHS/CONM.62/2021 de 23 de junio, en su integridad y sin omitir ninguna de sus determinaciones; 2° DENEGAR la tutela solicitada respecto a los derechos al debido proceso y a la defensa conforme a lo expuesto en este fallo constitucional.
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