Volver a sentencias
TCP

0713/2020-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
24 de noviembre de 2020SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0713/2020-S2

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0713/2020-S2 Sucre, 24 de noviembre de 2020

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad

Expediente: 34108-2020-69-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 88/2020 de 8 de mayo, cursante de fs. 79 a 81, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Graciela Luz Unzueta Mercado en representación sin mandato de William Gott Koury contra Alan Mauricio Zárate Hinojosa, Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 7 de mayo de 2020, cursante de fs. 1 a 6, el accionante a través de su representante, expresó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro de un proceso penal seguido en su contra, se encuentra detenido preventivamente por más de dos años y seis meses, sin considerar su condición de adulto mayor y su estado grave de salud avalado por certificados médicos, exámenes, estudios de especialistas y de Junta Médica, que refieren que sufre epilepsia con riesgo de muerte súbita, convulsiones de aparición lenta, síndromes constructivo bronquial crónico y ansioso depresivo, trastornos del sueño y mental orgánico, entre otros. Aspectos que no fueron considerados por el Juez de Instrucción Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la Capital del departamento de La Paz, ahora demandado, en la audiencia de 24 de abril de 2020, instalada a fin de considerar su pedido de cesación de la medida restrictiva de su libertad; oportunidad en la que la autoridad judicial dictó el Auto Interlocutorio 16/2020, rechazando su solicitud, constituyéndose en médico, refiriendo que ingresó a páginas como: "epilepsia.com, hipertensión.com"; ocultando además información referente a su estado de salud, al no mencionar los estudios especializados efectuados con su autorización.

Resaltó que, pese a haber estado un mes internado por razones inherentes a su salud; la autoridad judicial demandada rechazó todos sus pedidos de cesación de detención preventiva, pareciendo el demandado más su contraparte y no así un Juez imparcial que vele por sus derechos; solicitud rechazada nuevamente por el precitado Auto Interlocutorio 16/2020, obviando incluso las recomendaciones del Viceministerio de Justicia, ante su edad y la pandemia del Coronavirus (Covid-19). Procediendo la acción de libertad de forma directa, siendo inaplicable a su caso la subsidiariedad excepcional que la caracteriza, pese a que, formuló recurso de apelación contra el fallo cuestionado, que fue declarado inadmisible.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Señaló como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos del juez natural y de una debida fundamentación y motivación de las resoluciones judiciales; a la vida, a la dignidad y a la libertad física, citando al efecto los arts. "7", 8.I, 22, 23.I y 178 de la Constitución Política del Estado (CPE); 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 7.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia, se deje sin efecto el Auto Interlocutorio 16/2020 de 24 de abril, precautelando su vida como adulto mayor; y, valorando la enfermedad de base, exámenes y edad que tiene, se ordene al Juez demandado la modificación de su situación jurídica, sin audiencia, al amparo del art. 250 del Código de Procedimiento Penal (CPP), de oficio, "por el peligro de vida para el grupo más vulnerable, los ancianos, y que guarde detención en su casa" (sic).

I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional

Celebrada la audiencia pública el 8 de mayo de 2020, según consta en el acta cursante de fs. 75 a 78 vta., se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

Mostrando 18 de 87 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional24 de noviembre de 20200713/2020-S2Fuente oficial