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TCP

0715/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
12 de noviembre de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0715/2020-S4

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0715/2020-S4 Sucre, 12 de noviembre de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad

Expediente: 33922-2020-68-AL Departamento: Chuquisaca

En revisión la Resolución 04/2020 de 13 de junio, cursante de fs. 636 a 639 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Abraham Quiroga Bonilla en representación sin mandato de Enrique Rubio Salvatierra contra Olviz Egüez Oliva, María Cristina Díaz Sosa, Esteban Miranda Terán, Marco Ernesto Jaimes Molina, Juan Carlos Berrios Albizú, Carlos Alberto Egüez Añez, Ricardo Torres Echalar, José Antonio Revilla Martínez y Edwin Aguayo Arando, todos Magistrados de la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 10 de junio de 2020, cursante de fs. 1 a 4, el accionante, por intermedio de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante , pronunciado por los Magistrados de Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, a solicitud de la República Argentina, se dispuso, de acuerdo a los Convenios y Tratados Internacionales, su detención preventiva con fines de extradición, señalando un plazo de cuarenta y cinco días a objeto de que el país requirente formalice su solicitud de extradición, conforme establece el art. 20 del Tratado de Derecho Penal Internacional, suscrito en Montevideo el 23 de enero de 1889. Posteriormente, en cumplimiento del referido Auto Supremo; la Jueza de Instrucción Penal Décima Tercera del departamento de Santa Cruz, expidió el respectivo mandamiento de detención, que fue ejecutado el 14 de mayo de 2019; desde entonces, se encuentra recluido en el Centro Penitenciario Santa Cruz "Palmasola".

Sin embargo, pese a haber transcurrido más de trescientos noventa días, y vencido el plazo señalado en el fallo referido, continúa detenido, en vulneración de los Tratados Internacionales, sumado al riesgo de contraer el coronavirus disease 2019 (COVID-19), poniendo en peligro su salud y su vida; asimismo, ante el incumplimiento del indicado plazo, se tiene informe expedido por la Organización Internacional de Policía Criminal (INTERPOL) de Santa Cruz y la Nacional, que menciona que la solicitud de extradición hubiese sido retirada.

En tal estado de los antecedentes, y ante el evidente vencimiento de los plazos, presentó memorial el 28 de noviembre de 2019, ante la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia, exponiendo tales extremos e impetrando su libertad; sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción de defensa, no se dio respuesta a su solicitud, pese al tiempo transcurrido.

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