Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0716/2020-S2 Sucre, 24 de noviembre de 2020
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de libertad
Expediente: 34070-2020-69-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 035/2020 de 5 de febrero, cursante de fs. 15 a 17, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Daniel Mendoza Uriarte contra Claudia Marcela Castro Dorado, Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercera de la Capital del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 4 de febrero de 2020, cursante de fs. 4 a 5 vta., el accionante señaló que:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, por el Ministerio Público a instancia de Froylan Quiroga, por la presunta comisión del delito de violación, el 24 de enero de 2020, solicitó cesación de la detención preventiva; empero, la Jueza de Instrucción Anticorrupción y de Materia contra la Violencia hacia las Mujeres Tercera de la Capital del departamento de La Paz, no señaló audiencia ni emitió proveído alguno, además el cuaderno procesal se encontraba siempre en despacho y le indicaron que sería remitido al "...Tribunal D[é]cimo de Sentencia Anticorrupción..." (sic).
Intentó presentar dicha solicitud ante el Tribunal de Sentencia Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Primero de la citada Capital y departamento, no siendo recibida la misma; por otra parte, el proceso se encontraría con acusación formal desde octubre de 2019; por esa razón, se hubiera sorteado y remitido obrados al referido Tribunal, despacho que observando requisitos de forma los devolvió a la autoridad a quo en noviembre del referido año, desde entonces esta última no absolvió las observaciones ni envió el cuaderno en alzada, evidenciándose el perjuicio en la vacación judicial -haciendo la dilación un total de tres meses- no pudiendo plantear la cesación de la detención preventiva; demora atribuible a la Jueza demandada.
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