Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE Sucre, 31 de julio de 2023
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 48373-2022-97-AAC Departamento: Beni
Partes: Jesús Mercado Pinto contra Norka Diez Morales, Vocal de la Sala Penal del Tribunal Departamental de Justicia de Beni.
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado expresó su desacuerdo con la ; por lo que, emite Voto Disidente de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), y a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
II. FUNDAMENTACIÓN DE LA DISIDENCIA
Dentro la presente acción de amparo constitucional, el accionante denunció la lesión de su derecho al debido proceso en sus vertientes de correcta valoración probatoria, legalidad, defensa y seguridad jurídica; en tal sentido, manifestó que, mediante Auto Interlocutorio de 13 de abril de 2022, el Juez de Sentencia Penal Tercero del departamento de Beni, dispuso su detención preventiva ante la concurrencia de los riesgos de fuga previstos en el art. 234.1, 2, 4 y 7 del CPP; razón por la cual, interpuso recurso de apelación incidental. En ese orden, la autoridad judicial demandada, de manera subjetiva, infundada y en desconocimiento de las reglas de la sana crítica previstas en el art. 173 de la norma adjetiva penal a través del Auto de Vista 78/2021 de 25 de abril, revocó la decisión impugnada; en consecuencia, si bien desvirtuó el riesgo procesal establecido en el art. 234.4 de la referida disposición legal, mantuvo vigentes los previstos por los numerales 1, 2 y 7.
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