Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0744/2020- S2 Sucre, 1 de diciembre de 2020
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad
Expediente: 34197-2020-69-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 10/2020 de 1 de julio, cursante de fs. 17 a 19 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Adhemar Basilio Mamani Flores en representación sin mandato de Abel Elio Quisbert Mujica contra Marco Antonio Navia Doria Medina, Gobernador del Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz y Grover Erik Blanco Quispe, Verificador a.i. del mismo Centro Penitenciario.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 30 de junio de 2020, cursante a fs. 6 y vta., el accionante a través de su representante, expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 29 de junio de 2020 fue emitido el mandamiento de libertad a su favor, el mismo que al ser presentando en el Centro Penitenciario de San Pedro de La Paz, pese a estar autorizado no fue recibido, indicando que sea la Secretaria del Juzgado que lo presente; posteriormente cuando se cumplieron todas las exigencias, como ser fotocopia de dicho mandamiento, así como del depósito judicial, en coordinación con el Verificador del indicado Centro Penitenciario, dicho funcionario señaló que no podía realizar la diligencia, debido a que en el mandamiento de apremio, el nombre del detenido estaba incorrectamente consignado, negándoselé su libertad, vulnerándose así el debido proceso.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señaló como lesionados sus derechos a la libertad física de locomoción y al debido proceso, así como a los principios a la seguridad jurídica y legalidad, citando al efecto los arts. 115, 117, 119 y 120 de la Constitución Política del Estaco (CPE).
I.1.3. Petitorio
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