Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0745/2020-S4 Sucre, 12 de noviembre de 2020
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navia Acción de libertad
Expediente: 34039-2020-69-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 07/2020 de 25 de marzo, cursante de fs. 28 a 30, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ana Beatrice Peñaranda Montalvo contra Israel Ramiro Campero Méndez y Miryam Virginia Aguilar Rodríguez, Vocales de la Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz; Gregorio Alberto Chávez Vargas representante legal de la Empresa Pública Social de Agua y Saneamiento Sociedad Anónima (EPSAS S.A.); y, Medardo Vedia Gutiérrez, representante legal de la Iglesia Evangélica Metodista en Bolivia (IEMB).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de marzo de 2020, cursante de fs. 6 a 9, la accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En su calidad de poseedora de un bien inmueble ubicado en la calle Abdon Saavedra 1959 entre Aspizu y Harritong, zona Sopocachi Alto - Cristo Rey de la ciudad de Nuestra Señora de La Paz, propiedad donde habita con su familia; la misma que tiene un solo registro en las oficinas de Derechos Reales (DD.RR.), con el terreno contiguo perteneciente a la IEMB, que se encuentra con demanda de usucapión, para regularizar su derecho propietario; lamentablemente, su acceso al servicio de agua, se encuentra ligado a los medidores registrados bajo los números 33075 y 32751, siendo este último del cual comparte el consumo del servicio básico referido, pagando Bs100.- (cien bolivianos), de manera mensual. Existiendo en la nombrada institución religiosa un hospedaje y la casa de un Obispo, quienes con el fin de perjudicarlos, optaron por hacer cortar el agua por falta de pago; en consecuencia, desde el 27 de febrero de 2020, fueron privados de este derecho fundamental, máxime cuando la IEMB, hizo conexiones internas para abastecerse del medidor 33075 dejando cortado el 32751, con la finalidad de dejar sin agua el inmueble que ocupa con su familia.
Mostrando 10 de 49 parrafos.