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TCP

0760/2020-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
21 de diciembre de 2020SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0760/2020-S2

Proceso
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Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0760/2020-S2 Sucre, 21 de diciembre de 2020

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional

Expediente: 33305-2020-67-AAC Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 448/2018 de 14 de septiembre, cursante de fs. 201 a 204, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rufino Tallacahua Mamani y Cristina Tallacahua de Ticona contra Edwin José Blanco Soria, Fiscal Departamental de La Paz y Aly Rosario Venegas Miranda, en suplencia legal de este.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 14 de agosto de 2018, cursante de fs. 155 a 163, los accionantes expresaron lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 28 de octubre de 1972, falleció su padre Donato Tallacahua Mamani; posteriormente en 1982, Vicente Tallacahua Mamani junto con su esposa, Juana Aliaga de Tallacahua, aparecieron como dueños de tres hectáreas de terreno de propiedad sus progenitores, alegando que los habrían adquirido mediante un contrato de compra y venta; situación improbable, en razón que al momento que se dio la supuesta transferencia mediante la escritura pública 164/82, sus progenitores ya fallecieron. En ese orden, desde 1994, aparecieron como propietarios de los referidos terrenos, Juana Aliaga Vda. de Tallacahua y su hijo, Orlando Tallacahua Aliaga, en mérito de una declaratoria de herederos, en razón de la muerte de Vicente Tallacahua Mamani, esposo y progenitor de los prenombrados.

Conocidos estos hechos, el 12 de marzo de 2013, presentaron una denuncia contra los citados, por la presunta comisión de los delitos de falsedad material, falsedad ideológica y uso de instrumento falsificado; dentro de la cual, en mérito a los elementos de convicción aportados, el Ministerio Público presentó imputación formal.

En el desarrollo del proceso, solicitaron distintas diligencias investigativas, como ser pericias en grafología y huellografía, sobre los documentos de transferencia de terrenos supuestamente firmados por su padre, un certificado extendido por el Servicio de Registro Cívico (SERECI); y, la tarjeta de identificación emitida por el Servicio General de Identificación Personal (SEGIP) respecto a su progenitor; elementos con los que se pretendían probar, que una persona fallecida no podía firmar transferencia alguna.

Sin embargo, los Fiscales asignados, lejos de cumplir su labor de defensa de la legalidad y la sociedad, sin haber llevado a cabo los actos investigativos propuestos, ni valorado todos los elementos colectados en la investigación; emitieron de forma infundada la Resolución de Sobreseimiento 94/2017 de 12 de junio; decisión que no fue reflejo de los elementos insertos en el cuaderno de investigación.

Una vez presentada la impugnación, Aly Rosario Venegas Miranda, Fiscal Departamental de La Paz en suplencia legal, ratificó la Resolución de Sobreseimiento pronunciado en primera instancia, emitiendo la Resolución FDLP/ARVM/S-535/2017 de 22 de diciembre; de manera infundada, arbitraria, injusta e ilegal, y sin valorar cabalmente cada uno de los puntos expuestos en su recurso de objeción, ni todos los elementos colectados a lo largo de la investigación, disponiendo erradamente que el director funcional de la investigación hizo una evaluación integral de los mismos.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Señalaron como lesionados sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación y correcta valoración probatoria, a la propiedad, de acceso a la justicia y a la impugnación; y, los principios de legalidad, seguridad jurídica; citando al efecto los arts. 56, 115.I y 180.II de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitaron se conceda la tutela; y en consecuencia, ordenar:

  1. a)La anulación total de la Resolución FDLP/ARVM/S-535/2017 de 22 de diciembre, y la emisión de una nueva conforme a derecho; y,
  2. b)El pago de daños y perjuicios ocasionados por las autoridades demandadas.

I.2. Audiencia y Resolución del Juez de garantías

Celebrada la audiencia pública el 14 de septiembre de 2018, según consta en el acta cursante de fs. 196 a 200 vta., se produjeron los siguientes actuados:

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Tribunal Constitucional Plurinacional21 de diciembre de 20200760/2020-S2Fuente oficial