Volver a sentencias
TCP

0769/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
26 de noviembre de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0769/2020-S4

Proceso
—

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0769/2020-S4 Sucre, 26 de noviembre de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de amparo constitucional

Expediente: 33153-2020-67-AAC Departamento: Cochabamba

En revisión la Resolución de 31 de enero de 2020, cursante de fs. 89 a 95 y 101, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Bladimir Torrico Vargas contra Wang Shuiying, representante de la empresa China "HARZONE INDUSTRY CORP. LTD.".

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 26 de noviembre de 2019, cursante de fs. 44 a 48; y de subsanación de 29 del mismo mes y año (fs. 50 y vta.), el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Fue contratado como chofer de volqueta de la empresa china "HARZONE INDUSTRY CORP. LTD." a cargo de Wang Shuiying en el periodo comprendido entre el 1 de marzo de 2016 al 13 de marzo de 2019. El 11 de septiembre de 2018, nacieron sus hijas gemelas AA y NN, quienes fueron afiliadas el 18 de igual mes y año, para el beneficio de natalidad y lactancia según las normas y procedimientos para este derecho ante la Caja Nacional de Salud (CNS) y la empresa referida.

Posteriormente, se retiró voluntariamente de dicha empresa, porque recibía amenazas constantes de juicios y otras represalias debido a su fuero sindical y condición de secretario ejecutivo del sindicato de trabajadores de esa empresa, por lo que renunció el 13 de marzo de 2019, quedando pendiente con su empleador el subsidio de lactancia conforme las normas de seguridad social, específicamente el Decreto Supremo (DS) 21637 de 25 de junio de 1987, que en su art. 25 reconoce las prestaciones del régimen de asignaciones familiares, entre ellos el subsidio de lactancia.

El 3 de mayo de 2019, acudió al Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, instancia que emitió una primera citación contra su empleador, pidiendo el cumplimiento de entrega del subsidio lactancia, citación a la cual no se presentó la empresa demandada, razón por la que se obtuvo una segunda citación a la que tampoco se presentó el empleador, por lo que, tramitó la conminatoria para el cumplimiento de los derechos de lactancia de sus dos hijas gemelas, demandando subsidio de lactancia de ley, conminatoria de 24 de julio de 2019, que no fue cumplida por la empresa referida, advirtiendo que su empleador no procedió al pago y efectivización del subsidio de lactancia desde enero a mayo de 2019, tiempo que el empleador privó a las beneficiarias de lactancia por espacio de cinco meses, es decir, tres meses cuando todavía era empleado y dos meses posteriores a su cesantía como empleado de la empresa china "HARZONE INDUSTRY CORP. LTD.", lo cual equivale a dos salarios mínimos nacionales por cada hija por mes, que asciende a Bs21 220.- (veintiún mil doscientos veinte bolivianos).

Mostrando 12 de 58 parrafos.

Lee el fallo completo con Pixi Lector

Estás viendo aproximadamente el primer 20% del fallo. Activa Pixi Lector para acceder al texto íntegro y al PDF original completo.

Bs. 20/mesPixi Lector

  • Texto íntegro de las sentencias del TCP y TSJ
  • PDF oficial de cada resolución, listo para descargar
  • Citas listas para usar en tus escritos

¿Necesitas también el asistente IA? Compara todos los planes

Tribunal Constitucional Plurinacional26 de noviembre de 20200769/2020-S4Fuente oficial