Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0788/2021-S4 Sucre, 1 de noviembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 36929-2021-74-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 36/2020 de 22 de mayo, cursante de fs. 9 a 10 y vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Nancy Martínez Rivera en representación sin mandato de Esteban Gabriel Quiroga Cosio contra Luis Fernando Céspedes Pinaya, Gobernador del Centro Penitenciario Santa Cruz "Palmasola".
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Mediante memorial presentado el 21 de mayo de 2021, cursante de fs. 2 a 3, la accionante, a través de su representante sin mandato, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El Juez de Instrucción Anticorrupción y Violencia contra la Mujer Tercero del departamento de Santa Cruz, señaló audiencia para considerar la cesación a su detención preventiva para el 19 de mayo de 2020 a las 11:30, actuado para el cual, el 18 de igual mes y año a 10:00, se notificó al Gobernador del Centro Penitenciario Santa Cruz "Palmasola" -ahora demandado-, a efectos de su traslado al salón auditorio del mismo centro; empero, la audiencia tuvo que ser suspendida, debido a que por razones que desconoce, no fue trasladado al actuado procesal, fijándose una nueva para el 21 de igual mes y año a 11:30; siendo notificado el Gobernador antes mencionado con el oficio 102/2020 de 19 de mayo, el 20 del mismo mes y año a las 12:40, en el que se dispuso el traslado del detenido al salón auditorio para fines de audiencia virtual; sin embargo, ante el incumplimiento en su remisión, tuvo que suspenderse nuevamente la audiencia señalada.
A la presentación de esta acción tutelar demandado no brindó informe ni presentó justificativo alguno al omitir su traslado al salón donde se desarrollan las audiencias, dentro del mencionado recinto, vulnerando de esa manera sus derechos fundamentales y garantía constitucionales.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El solicitante de tutela, a través de su representante sin mandato, denunció la lesión de sus derechos al acceso a la justicia, a la defensa, al debido proceso y a la vida; citando al efecto los arts. 15, 115 de la Constitución Política del Estado (CPE). I.1.3. Petitorio
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