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TCP

0796/2020-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
15 de diciembre de 2020SALA SEGUNDA
Resumen del caso

Sentencia 0796/2020-S2

Proceso
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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2020-S2 Sucre, 15 de diciembre de 2020

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional

Expediente: 33595-2020-68-AAC Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 16/2020 de 11 de enero, cursante de fs. 199 a 203, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Gonzalo Vicente Montaño Barrios y Jenny Rocío Pinto de Montaño contra Marcelino Luna Cabrera y Máximo Callizaya Acarapi.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 12 de diciembre de 2019, cursante de fs. 92 a 99, los accionantes expresaron lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Señalan que son propietarios de los lotes de terreno signados con los números 12 y 13, ubicados en el exfundo Achumani sector denominado Calacalani, con una superficie de 308 m² cada lote, en virtud a la transferencia que hizo Bonifacio Luna Cabrera en representación con mandato especial y suficiente de Quintín Patzi Tola, que constan en las Escrituras Públicas 208/88 y 209/89 de "29 de junio" -lo correcto es 24 y 13 de octubre respectivamente- de 1988, otorgadas ante la Notaria de Fe Pública 82 a cargo de Martha Patricia Valverde Plaza.

El 28 de junio de 2019, Marcelino Luna Cabrera, junto a otras personas que no pudieron identificar, violentamente avasallaron el lote 13, procediendo a amurallarlo de manera precaria con callapos, calaminas y alambre de púas, colocando en el lugar a cinco hombres para cuidar, quienes los amenazaron de muerte si es que ingresaban al terreno, manifestando que solo cumplían órdenes del citado demandado, habiendo en los días posteriores sembrado hortalizas sin su autorización.

Este hecho, tiene su antecedente el 27 de febrero de 2019, donde personas allegadas a Máximo Callizaya Acarapi también de manera violenta, sin ninguna autorización ingresaron a su lote de terreno número 12, colocando alambres de púas y posteriormente en el mes de junio llegaron a construir un muro para después levantar un cuarto pequeño, como si fueran propietarios del terreno.

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