Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0796/2021-S3 Sucre, 20 de octubre de 2021
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 36830-2020-74-AL Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 09/2020 de 22 de octubre, cursante de fs. 101 a 110, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Julio César Torrico Salinas en representación sin mandato de Jhovanny Javier Ríos Choqueticlla contra Mónica Guzmán Morales, Jueza de Instrucción Penal Séptima de la Capital del departamento de Oruro.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante a través de su representante sin mandato, por memorial presentado el 21 de octubre de 2020, cursante de fs. 1 a 5, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona, por la presunta comisión de los delitos de homicidio y lesiones graves y gravísimas en accidente de tránsito, y omisión de socorro, previstos y sancionados por los arts. 261 y 262 del Código Penal (CP), el 12 de octubre de 2020 se efectuó la audiencia de consideración de aplicación de medidas cautelares en la que la Jueza hoy accionada, por Auto Interlocutorio 291/2020 de igual fecha, dispuso su detención preventiva en el Centro Penitenciario San Pedro de Oruro; sin embargo, hasta la fecha de interposición de esta acción tutelar transcurrieron siete días hábiles y no existe en el cuaderno procesal el acta de la referida audiencia, como tampoco fue notificado con una fotocopia del mencionado Auto Interlocutorio, contraviniendo lo establecido por el art. 163.3 del Código de Procedimiento Penal (CPP) y la jurisprudencia constitucional contenida en la .
La situación citada precedentemente ocasionó que se encuentre impedido de interponer el correspondiente recurso de apelación incidental contra el Auto Interlocutorio 291/2020.
I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
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