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TCP

0804/2020-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
9 de diciembre de 2020SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0804/2020-S4

Proceso
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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0804/2020-S4 Sucre, 9 de diciembre de 2020

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de amparo constitucional

Expediente: 33511-2020-68-AAC Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 028/2020 de 20 de febrero, cursante de fs. 197 a 201 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por la Compañía Operadora de Comercio Exterior y Aduanas Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.R.L.) (COMEXA S.R.L.); LIDITA BOLIVIA S.R.L.; y, Confitería de Importaciones (CONFY IMPORT S.R.L.), legalmente representadas por Eynar Iván Viscarra Anavi contra Edson Juan Fuertes Mamani, propietario y representante legal, Alberto Estrada Ynclan y Rosalina Mac Donald Bustamante empleados de la empresa de transporte TRANS WARA POTOSI.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 13 de febrero de 2020, cursante de fs. 1; y, 144 a 147), la parte accionante expresó los siguientes fundamentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

COMEXA S.R.L., es una empresa dedicada a la importación y exportación de una gran gama de distintos tipos de mercadería; holding empresarial en el que participa la empresa LIDITA Bolivia S.R.L., cuya actividad es la comercialización de sardinas de la marca del mismo nombre, y CONFY IMPORT S.R.L., en la distribución y venta de golosinas como Chupetes Big Bom; empresas que tienen su sede en la ciudad de El Alto, Av. Panamericana, calle Shanghai 107, zona Villa Bolívar del departamento de La Paz.

El 28 de noviembre de 2019, el empleado Ernesto Hidalgo Párraga, de la Sucursal del departamento de Cochabamba, se constituyó en oficinas de la Empresa Transportadora TRANS WARA POTOSI, de propiedad de Edson Juan Fuertes Mamani, empresa que registra como contribuyente a Alberto Estrada Ynclan, con el Número de Identificación Tributaria (NIT) 3102087016, quien se desempeña como representante, administrador y encargado; asimismo, Rosalina Mac Donald Bustamante, como responsable del manejo administrativo de dicha empresa, a quien le solicitó un vehículo para transportar mercadería desde las oficinas de la ciudad de El Alto, hasta el departamento de Cochabamba, consistente en doscientas (200) Cajas de Golosinas (Chupetes Big Bom) y mil ochocientos ochenta (1880) Cajas de Sardinas de la marca LIDITA, ambas mercancías por un valor de $us.80.000.- (Ochenta Mil Dólares Estadounidenses), funcionaria que garantizó el recojo para el viernes 29 del mismo mes y año y la posterior entrega al día siguiente sábado 30 del citado mes y año, en horas de la madrugada, en oficinas de la Sucursal acordada, generándose de esa manera un vínculo contractual con esta empresa.

Fue así que, el chofer Jimmy Ronald Toledo López, por instrucción de la encargada del manejo administrativo de esta empresa, se apersonó a las oficinas de la ciudad de El Alto a las 16:00 en el vehículo marca Volvo, color Negro, con Chata color Rojo, Placa de control 2462-NDY, para la carga de la mercadería que aproximadamente tiene un peso de dos toneladas, tal como lo refiere la documentación de nacionalización y las facturas respectivas y que se arriman al memorial de demanda; personal que tomó contacto con la empleada de LIDITA S.R.L., Rosminda Alanoca Janko, quien hizo el despacho del vehículo al destino acordado y tomó fotografías del mismo.

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