Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0809/2022-S4 Sucre, 19 de julio de 2022
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 40231-2021-81-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 71 de 7 de mayo de 2021, cursante de fs. 9 a 10, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Wilson Reynolds Mancilla contra Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 6 de mayo de 2021, cursante de fs. 2 y vta.; y, 3, el accionante, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro de la denuncia seguido en su contra a instancia del Ministerio Público, por la presunta comisión del delito de robo, Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, -hoy demandado-, "mediante actos totalmente arbitrarios a las normas se está PRIVANDO LA LIBERTAD" (sic); y, mediante audiencia de ésta acción tutelar, fundamentará de manera oral la violación a su derecho a la libertad, conforme lo establece el art. 23 de la Constitución Política del Estado (CPE).
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
El solicitante de tutela, alegó la lesión a su derecho a la libertad, citando al efecto el art. 23 de la CPE.
I.1.3. Petitorio
No expuso petitorio alguno.
I.2. Audiencia y Resolución de la Sala Constitucional
Celebrada la audiencia virtual el 7 de mayo de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 8 a 9, ausentes la parte accionante, y la autoridad demandada, se produjeron los siguientes actuados: I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
La impetrante de tutela, no se hizo presente a la audiencia de consideración de su acción tutelar.
I.2.2. Informe de la autoridad demandada
Julio Nelson Alba Flores, Vocal de la Sala Penal Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, no se presentó a la audiencia de consideración de acción de defensa, ni remitió informe alguno, pese a su legal notificación, cursante a fs. 5.
I.2.3. Resolución
La Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, por Resolución 71 de 7 de mayo de 2021, cursante de fs. 9 a 10, denegó la tutela solicitada, bajo el argumento que la parte accionante no presentó prueba, ni demostró la vulneración de su derecho a la libertad.
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