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TCPJurisprudencia precedencial reiteradora

0838/2021-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
3 de noviembre de 2021SALA TERCERA

Ratio decidendi

Se denegó la tutela, al no concurrir los dos presupuestos…

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Resumen del caso

Ficha Jurisprudencial: SCP 0838/2021-S3

El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso con relación a la imparcialidad, probidad y transparencia; puesto que: i) El Fiscal de Materia ahora coaccionado, utilizó la declaración de un menor de edad en la imputaci…

Proceso
Jurisprudencia precedencial reiteradora

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Sintesis del caso

El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso con relación a la imparcialidad, probidad y transparencia; puesto que:

  1. i)El Fiscal de Materia ahora coaccionado, utilizó la declaración de un menor de edad en la imputación formal presentada contra su persona, siendo ello totalmente ilegal; además, que se trata de un caso “armado”; y,
  2. ii)El Juez ahora accionado:
  3. a)Tiene amistad con dicho Fiscal, lo cual compromete su imparcialidad, probidad y transparencia;
  4. b)A consecuencia de otro proceso penal, interpuso una anterior acción de libertad contra la referida autoridad judicial, extremo que le molestó y “…podrá consumar su venganza (…) y podría mandarlo preso…” (sic), aunque se desvirtúe esa imputación formal ilegal; y,
  5. c)Interpuso incidente de nulidad de imputación formal; empero, el referido Juez no cumplió con la tramitación correspondiente, conforme al art. 314.II del CPP.

Sintesis de la ratio decidendi

Se denegó la tutela, al no concurrir los dos presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para tutelar el debido proceso vía acción de libertad.

Extracto de la ratio decidendi

F.J.III.2. En cuanto al primer presupuesto; señala que: “…la denuncia del accionante con relación a que:

  1. i)El Fiscal ahora coaccionado utilizó la declaración de un menor de edad en la imputación formal presentada contra su persona, siendo aquello totalmente ilegal; además, de tratarse de un caso “armado”;
  2. ii)El Juez ahora accionado:
  3. a)Tiene amistad con el Fiscal de Materia coaccionado, lo cual compromete su imparcialidad, probidad y transparencia;
  4. b)A consecuencia de otro proceso penal, interpuso una anterior acción de libertad contra la referida autoridad judicial, extremo que le molestó y “…podrá consumar su venganza (…) y podría mandarlo preso…” (sic), aunque se desvirtúe esa imputación formal ilegal; y,
  5. c)Interpuso incidente de nulidad de imputación formal; empero, la indicada autoridad judicial no cumplió con la tramitación correspondiente, conforme al art. 314.II del CPP; constituyendo extremos que no se encuentran directamente vinculados con su derecho a la libertad, debido a que no implican por si mismos una amenaza ni afectación directa al mencionado derecho, más aún considerando que a partir de los antecedentes que cursan en el expediente, se evidencia que no se encuentra privado de libertad. Consiguientemente, en el caso concreto, los actos lesivos denunciados como la causa que opera directamente suprimiendo o amenazando el derecho a la libertad del accionante, no concurren”. En cuanto al segundo presupuesto; menciona que: “…tampoco se advierte que existió indefensión absoluta del accionante; puesto que dentro del proceso penal instaurado contra su persona tiene la posibilidad de activar los mecanismos de defensa y recursos previstos por ley que considere pertinentes para la protección y resguardo de sus derechos; es así que, de antecedentes se tiene que el accionante formuló incidente de nulidad de imputación formal; por lo que tampoco concurre el segundo presupuesto establecido para la procedencia de la acción de libertad por presuntas irregularidades del debido proceso”.

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0838/2021-S3 Sucre, 3 de noviembre de 2021

SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad

Expediente: 37012-2021-75-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 08 de 5 de noviembre de 2020, cursante de fs. 75 a 77, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Reinaldo Justiniano Masiri en representación sin mandato de Jesús Clemente Justiniano Masiri contra Jhonnie Xavier Orinochi Ortiz, Juez Público Mixto Civil y Comercial, de Familia e Instrucción Penal Primero de Concepción del departamento de Santa Cruz.; y, Camilo José Velásquez Arciénega, Fiscal de Materia.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

El accionante a través de su representante sin mandato, por memorial presentado el 3 de noviembre de 2020, cursante de fs. 20 a 25, manifestó lo siguiente:

Mostrando 14 de 66 parrafos.

Sintesis del caso

El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso con relación a la imparcialidad, probidad y transparencia; puesto que: i) El Fiscal de Materia ahora coaccionado, utilizó la declaración de un menor de edad en la imputación formal presentada contra su persona, siendo ello totalmente ilegal; además, que se trata de un caso “armado”; y, ii) El Juez ahora accionado: a) Tiene amistad con dicho Fiscal, lo cual compromete su imparcialidad, probidad y transparencia; b) A consecuencia de otro proceso penal, interpuso una anterior acción de libertad contra la referida autoridad judicial, extremo que le molestó y “…podrá consumar su venganza (…) y podría mandarlo preso…” (sic), aunque se desvirtúe esa imputación formal ilegal; y, c) Interpuso incidente de nulidad de imputación formal; empero, el referido Juez no cumplió con la tramitación correspondiente, conforme al art. 314.II del CPP.

Descriptores

Confirmadora
Tribunal Constitucional Plurinacional3 de noviembre de 20210838/2021-S3Fuente oficial