Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0842/2021-S3 Sucre, 3 de noviembre de 2021
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 37042-2021-75-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 234/2020 de 1 de noviembre, cursante de fs. 15 a 17, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Aurelio Quispe Maraza contra Erika Neptali Aranda Uzquiano, Jueza de Instrucción Penal Primera de la Zona Sur de la Capital del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
El accionante por memorial presentado el 31 de octubre de 2020, cursante de fs. 1 a 4, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
En el proceso penal seguido por el Ministerio Público contra su persona, se encuentra detenido preventivamente en el Centro Penitenciario San Pedro de La Paz, debido a ello solicitó la cesación de su detención preventiva de conformidad al art. 239.5 del Código de Procedimiento Penal (CPP), modificado por el art. 11 de la Ley de Abreviación Procesal Penal y de Fortalecimiento de la Lucha Integral contra la Violencia a Niñas, Niños y Adolescentes y Mujeres -Ley 1173 de 3 de mayo de 2019-; empero, la misma fue negada a pesar de existir suficientes elementos de convicción para establecer que padece una enfermedad grave, por lo que su estado de salud va deteriorándose rápidamente, así se tiene del certificado médico de 27 de octubre de 2020, que estableció: que clínicamente estaba con los signos vitales dentro la normalidad; y, por la anamnesis y el examen objetivo realizado se evidenció un deterioro permanente de su salud, tomando en cuenta la valoración efectuada por personal de salud especializado a través de exámenes laboratoriales, mediante la cual comprobaron la descompensación de la glucemia, misma que estaba demasiado elevada requiriendo hospitalización inmediata al encontrarse con deterioro de su función renal ocasionándole nefropatía diabética que también afecta los nervios periféricos ocasionando neuropatía diabética, y retinopatiadiabetica elevada en riesgo cardiovascular por la hipertensión arterial, estado que pone en peligro su vida.
Sobre los derechos fundamentales y la detención preventiva, relacionada al hacinamiento carcelario y a la emergencia sanitaria a causa de la pandemia del Coronavirus (COVID-19), el 6 de abril de 2020 la Organización de las Naciones Unidas (ONU), se pronunció sugiriendo "liberar" a seis grupos de personas, entre ellos a los enfermos y al estar privado de su libertad, padeciendo una enfermedad que es vulnerable a la pandemia del COVID-19, considerando que se encuentra en un lugar de riesgo ante un eventual contagio con COVID-19, se debe resguardar su derecho a la salud, en ese mismo sentido se pronunció la Resolución 1/2020 de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH).
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
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