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TCP

0846/2022-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
13 de julio de 2022SALA SEGUNDA

Voto Aclaratorio 0846/2022-S2

Proceso
—
Sala
SALA SEGUNDA
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

ACLARACIÓN DE VOTO Sucre, 13 de julio de 2022

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional

Expediente: 42822-2021-86-AAC Departamento: La Paz

Partes: Raúl García Huanaco contra Manuel Alejandro Machicado Orsi y Eulogio Núñez Aramayo, ex y actual Director Nacional a.i., Sheila Alejandra Pinto Mendoza, Jefa de la Unidad de Gestión de Recursos Humanos (RR.HH.); y, Víctor Hugo Aliaga Gutiérrez, Director Departamental a.i. todos del Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) de La Paz.

I. ANTECEDENTES

El suscrito Magistrado emite aclaración de voto en la , de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), con los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:

II. OBJETO DE LA ACLARACIÓN

La Sentencia Constitucional Plurinacional motivo de la presente Aclaración de Voto estableció CONFIRMAR en parte la Resolución 48/2021 de 11 de marzo, emitida por la Sala Constitucional Cuarta del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, CONCEDER únicamente con relación a las asignaciones familiares de subsidios de natalidad y de lactancia a favor de la menor AA y DENEGAR respecto a la reincorporación laboral a su fuente de trabajo, el pago de sueldos devengados de febrero, marzo y abril de 2020, y la cancelación del aguinaldo de dicha gestión.

Al respecto, si bien en el Fundamento Jurídico III.4, de manera específica se hizo referencia al régimen de asignaciones familiares, cuya tutela permite la materialización del derecho a la seguridad social de la madre y del recién nacido, así como su provisión oportuna por parte del empleador, no es menos evidente que en consonancia con lo anterior, el art. 2 del Decreto Supremo (DS) 3561 de 16 de mayo de 2018, crea la Autoridad de Supervisión de la Seguridad Social de Corto Plazo (ASUSS) "...con la finalidad de regular, controlar, supervisar y fiscalizar la Seguridad Social de Corto Plazo, en base a sus principios, protegiendo los intereses de los trabajadores asegurados y beneficiarios..." (las negrillas son añadidas), así que, en su calidad de órgano administrativo especializado, tiene como atribuciones fiscalizar la otorgación de la prestación de las asignaciones familiares a sus beneficiarios, así como controlar el subsidio de lactancia de la Seguridad Social de Corto Plazo (arts. 11.nn, y oo del referido Decreto Supremo).

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