Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0851/2020-S3 Sucre, 12 de noviembre de 2020
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional
Expediente: 33240-2020-67-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 189/2019 de 4 de noviembre, cursante a fs. 326 a 328, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Rosa Quelali Mamani contra Jaime Ocampo Montan, en su calidad de Presidente del Directorio de la Empresa Laboratorios Farmacéuticos LAFAR Sociedad Anónima (S.A.).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 16 de octubre de 2019, cursantes de fs. 189 a 203, la accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Fue contratada desde el 17 de mayo de 2004, por la Empresa LAFAR S.A., mediante contrato indefinido en el cargo de Técnico II de empaque con un salario mensual de Bs4 890.- (cuatro mil ochocientos noventa bolivianos), realizando su actividad laboral de manera continua y permanente sin recibir llamadas de atención, siendo una "trabajadora modelo" dentro de la referida empresa hasta la gestión 2018, en la que por motivos y problemas graves de salud de su hermana Cristina Quelali Mamani de cuarenta y dos años de edad, que fue internada en un hospital de la ciudad de Cochabamba, desde el 10 de diciembre de 2017, hasta febrero de 2018, tuvo que pedir ayuda a la mencionada empresa, solicitando se realice una "kermes" de beneficencia, para ayudar a su familia con los gastos de la operación quirúrgica que tuvieron que pagar, recibiendo la suma de casi Bs3 000.- (tres mil bolivianos), misma que fue enviada a la indicada ciudad, para colaborar con los gastos.
Añade que un año antes de ese acontecimiento, su padre, Inocencio Quelali Yujra, falleció; por lo que, sus hermanos planearon realizar un evento de recordatorio del nombrado, que se efectuó en febrero de 2018, motivo por el cual, invitó a algunos de sus compañeros de trabajo, quienes divulgaron sobre este evento dentro de la Empresa LAFAR S.A., generando malos entendidos, ocasionando que Mónica Susana Zeballos Lizarraga Directora Técnica de dicha empresa, la maltratara psicológicamente, exigiéndole que devolviera el dinero recolectado por los trabajadores, ya que sospechaba que el mismo se hubiera mal utilizado en una "fiesta", siendo desde entonces perseguida, desacreditada y acosada en su fuente laboral.
El 28 de abril de 2018, la Directora Técnica, le remitió un memorando de llamada de atención, por haber codificado quinientos once tubos de producto que tiene un costo de Bs250.- (doscientos cincuenta bolivianos), mismos que pueden utilizarse con otra codificación, pero como su objetivo era perjudicarle, no tomó en cuenta esa salvedad; ese fue uno de muchos actos de acoso, en los que tuvo el apoyo de "Efraín García", Secretario General del Sindicato de Trabajadores de la Empresa LAFAR S.A., exigiéndole que elaborara cartas de compromiso de trabajo y de agradecimiento de la donación que recibió, dirigidas a la precitada Directora; razón por el cual, para evitar mayores problemas, presentó las cartas requeridas el 11, 14 y 22, todos de mayo del referido año, siendo rechazadas las mismas.
Mostrando 12 de 57 parrafos.