Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0855/2021-S4 Sucre, 17 de noviembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 28490-2019-57-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 152 de 23 de agosto de 2021, cursante de fs. 88 a 90, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ivar Suárez Roca contra Catherine Sueiro Nallar.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 29 de marzo de 2019, cursante de fs. 51 a 59, el accionante, manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
De acuerdo al certificado alodial emitido por Derechos Reales (DD.RR.) su persona es el único y legítimo propietario del bien inmueble ubicado en la zona Nor Este, Manzana 66, U.V. 16, prolongación av. Beni ahora Cardenal Cushing, con una superficie de 1 000 m2, de la ciudad de Santa Cruz de la Sierra, el cual fue adquirido mediante Escritura Pública 1830/2013 de 6 de septiembre, otorgada por ante Notaría de Fe Pública 46; su persona tenía la posesión real y corporal del 100% del inmueble consistente en una vivienda unifamiliar y un departamento semi-independiente con salida a la calle "Los Pitones"; departamento en el cual albergó a su hijo Ivar Suarez Paz, quien vivía junto a su entonces esposa Catherine Sueiro Nallar y sus dos hijas; sin embargo, de un tiempo surgieron problemas de convivencia entre los esposos, llegando a la separación y posterior divorcio.
Pese a la separación y posterior divorcio, la ahora demandada mantuvo el departamento semi-independiente cerrado por largo tiempo, abusando de la calidad de ex esposa de su hijo; aspecto que motivó a que el 8 de marzo de 2019, se le haga entrega de la primera Carta Notariada a cargo del Señor Notario de Fe Pública 26, solicitando la devolución y entrega de dicha parte del bien inmueble, aspecto tal que se replicó en dos ocasiones más, siendo la última y tercera vez el 16 de igual mes y año; empero, la demandada hizo caso omiso a las tres cartas notariadas entregadas, oponiéndose a la devolución, constituyéndose en ocupante ilegal del mismo, quien además exige que se le pague un anticrético para salir del inmueble, hecho que le acarrea enormes daños y perjuicios; puesto que, se ve imposibilitado de continuar con la construcción que está realizando dentro de dicho predio y mejoras a su propiedad.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
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