Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0869/2020-S3 Sucre, 30 de noviembre de 2020
SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de amparo constitucional
Expediente: 33415-2020-67-AAC Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 11/2020 de 16 de enero, cursante de fs. 276 vta. a 279 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Joaquín Raschid Guardia Taja contra Diego Ramírez Cruz, Juez de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 5 y 17 de diciembre ambos de 2019, cursantes de fs. 228 a 232 vta.; y, 237 a 240, el accionante, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso coactivo fiscal seguido por la entonces Contraloría General de la Republica -ahora Contraloría General del Estado-, radicado en el Juzgado de Partido Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario Segundo del departamento de Santa Cruz, se emitió la Sentencia 02 de 10 de septiembre de 2018, la cual se constituye en el acto lesivo cuestionado en esta acción de defensa; que pese a haber sido notificada el 5 de junio de 2019, no pudo ser impugnada a través del recurso de apelación dentro del plazo previsto por Ley, debido a la "...represión y persecución masista" (sic), siendo que una vez que el "Presidente Morales" dejara el país, recién se encontraba en condiciones de ejercer sus derechos y si no lo hizo en los días posteriores, fue por temor a la represión y persecución optando por no defenderse.
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