Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0876/2021-S2 Sucre, 29 de noviembre de 2021
SALA SEGUNDA Magistrada Relatora: MSc. Brigida Celia Vargas Barañado Acción de amparo constitucional
Expediente: 38012-2021-77-AAC Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 01/2021 de 11 de enero, cursante de fs. 100 a 104 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Juan José Álvarez Atristain contra Pedro Hernán Serrano Villafuerte, Gerente; Adhemar Sánchez Heredia y Alfredo Revilla Chumacero, ex y actual Presidente del Directorio, todos de la Mutualidad del Magisterio Nacional (MUMANAL).
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memoriales presentados el 26 de octubre y 14 de diciembre de 2020, cursantes de fs. 30 a 37; y, 54 a 57, el accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 25 de julio de 2019, suscribió con la MUMANAL, el Contrato de Trabajo A.L. 06/2019 -indefinido-, emergente de un proceso previo de calificación y evaluación profesional, para ejercer las funciones de auditor junior; no obstante, inexplicablemente, fue objeto de acoso laboral por parte de Blanca Nieves Torrico Cusicanqui; lo que, finalmente derivó que el 5 de febrero de 2020, el Gerente de dicha institución, le entregue el Memorándum -MUMANAL-GM 48/2020- de desvinculación laboral, sin causa legal justificada.
Debido a ello, requirió al expresidente del Directorio de la aludida entidad -ahora demandado-, audiencia para fundamentar y sustentar que su despido fue injustificado, y pueda solicitar la reincorporación a su puesto de trabajo; sin embargo, no se dio curso a ese pedido; por lo que, recurrió ante la Jefatura Departamental de Trabajo La Paz, a objeto que la citada institución acredite documental y/o normativamente la legalidad de su retiro, extremo que no aconteció; en consecuencia, el Jefe de dicha repartición gubernamental emitió la Conminatoria J.D.T.L.P/D.S. 0495/048/2020 de 5 de junio, ordenando la inmediata reincorporación a su fuente laboral en la MUMANAL, al mismo cargo que ocupaba al momento de su desvinculación como auditor junior.
El 9 de igual mes y año, presentó la aludida Conminatoria a Antonio Chambi Ramos, expresidente del Directorio de la referida institución, a objeto que dentro de los tres días otorgados en la misma, se le reincorpore a su lugar de trabajo, aspecto que no sucedió; ya que, contrariamente la parte demandada interpuso recurso de revocatoria, resuelto por el citado Jefe Departamental mediante Resolución Administrativa (RA) 148-20 de 22 de julio de igual año, confirmando la mencionada Conminatoria; decisión comunicada el 14 de agosto del señalado año a la nombrada entidad, la que interpuso recurso jerárquico que aún no fue resuelto pese a su apersonamiento y solicitud de pronunciamiento pronto y oportuno; motivo por el cual, formuló esta acción de defensa, al encontrarse cesante.
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