Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0878/2021-S2 Sucre, 29 de noviembre de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 37892-2021-76-AAC Departamento: Tarija
En revisión la Resolución 03/2021 de 12 de enero, cursante de fs. 114 a 119, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional, interpuesta por Samuel Martínez Fernández, Demetrio Ramos Condori y Diego Colque Colque contra Adrián Esteban Oliva Alcázar, Gobernador; y, Marcelo Yamil Garcia Delfín, Secretario de Justicia ambos del Gobierno Autónomo Departamental de Tarija.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 8 de enero de 2021; que cursa de fs. 8 a 11 vta., los accionantes expresaron lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
El 4 de diciembre de 2020, mediante memorial dirigido a los ahora demandados, solicitaron certificación respecto a dos puntos específicos (El proceso judicial iniciado por el Gobierno Autónomo Departamental de Tarija, para dejar sin efecto la Escritura Pública 032/2004 de 10 de marzo; y, si se realizaron las acciones recomendadas por seis informes técnicos que se detalló). Sin embargo, hasta el 5 de enero de 2021, no obtuvieron ningún pronunciamiento; por lo que, esa misma fecha reiteraron su petición; empero, sin contar con respuesta alguna hasta la interposición de esta acción tutelar.
En tal mérito, consideraron lesionados sus derechos, enfatizando que los plazos establecidos por el art. 71 del Decreto Supremo (DS) 27113 de 23 de julio de 2003 -Reglamento de la Ley del Procedimiento Administrativo (LPA)-, se encontraban sobrepasados.
I.1.2. Derecho supuestamente vulnerado
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