Texto del fallo
Sintesis del caso
El accionante a través de su representante sin mandato denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad y al debido proceso en sus elementos de legalidad o aplicación objetiva de la norma adjetiva, fundamentación y “seguridad 7 jurídica”; puesto que el Fiscal de Materia ahora accionado emitió la Resolución Fundamentada de Imputación Formal de 9 de octubre de 2020 en su contra por la presunta comisión del delito de desobediencia a resoluciones en acciones de defensa y de inconstitucionalidad, con base en un informe de investigación preliminar del funcionario policial asignado al caso que a la fecha de su emisión ya no estaba a cargo de la investigación, pues el mismo se encontraba en cuarentena en su domicilio por la pandemia del COVID-19; por lo que no pudo realizar actos investigativos, consecuentemente dicha Resolución contiene defectos absolutos.
Sintesis de la ratio decidendi
Se denegó la tutela, al no concurrir los dos presupuestos exigidos por la jurisprudencia constitucional para tutelar el debido proceso vía acción de libertad.
Extracto de la ratio decidendi
F.J.III.2. En cuanto al primer presupuesto; señala que: “…la imputación formal es un actuado fiscal relacionado con la calificación provisional de la presunta conducta o acción típica, antijurídica y culpable que se le atribuye al imputado; no guardando conexión directa con el mencionado derecho a la libertad, más aun considerando que se encontraba gozando de dicho derecho cuando presentó esta acción de libertad; consecuentemente, el acto lesivo a los derechos del accionante reclamado a través de la presente acción de defensa no se encuentra directamente vinculado con la libertad del nombrado, por lo tanto no se cumple el primer presupuesto establecido por la jurisprudencia constitucional citada en el Fundamento Jurídico III.1. de este fallo constitucional”. En cuanto al segundo presupuesto; menciona que: “…se concluye que el mismo se encuentra haciendo uso de dicho derecho, teniendo una participación activa dentro del proceso penal seguido en su contra, lo cual demuestra que está ejerciendo su defensa de forma irrestricta; por lo que tampoco concurre el segundo presupuesto establecido para la procedencia de la acción de libertad por presuntas irregularidades del debido proceso”.
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0900/2021-S3 Sucre, 8 de noviembre de 2021
SALA TERCERA Magistrado Relator: Dr. Petronilo Flores Condori Acción de libertad
Expediente: 37428-2021-75-AL Departamento: Oruro
En revisión la Resolución 11/2020 de 10 de diciembre, cursante de fs. 36 a 41, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por René Benjamín Guzmán Vargas en representación sin mandato de Oswaldo Freddy Olivera Paricollo contra Charly Eriberto Calle Villa, Fiscal de Materia.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
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