Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE Sucre, 29 de julio de 2022
SALA SEGUNDA Magistrado: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 43041-2021-87-AAC Departamento: Santa Cruz
Partes: Yury David Quintanilla Huapalla, Mario José Caelen Arias, Juan Pablo Lerner Balcázar y Antonio José Russo Asbún contra Rolando Héctor Alegría Astudillo, representante legal de la Empresa Constructora METAL MEC Limitada (Ltda.).
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado expresó su desacuerdo con la ; por lo que, emite Voto Disidente de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo), de acuerdo a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
II. FUNDAMENTACIÓN
Los accionantes denuncian la vulneración de sus derechos a la vida, a la alimentación, a la salud, a la vivienda, a la dignidad y al trabajo; alegando que, la Empresa Constructora METAL MEC Ltda. -demandada-, no les canceló sus salarios; por lo que, tuvieron que renunciar a sus fuentes laborales; empero, "hasta la fecha" esas deudas aún se encuentran pendientes, así como el pago por concepto de subsidios de natalidad y "post-natales" que les atañe por ley.
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