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TCP

0938/2021-S4

Tribunal Constitucional Plurinacional
29 de noviembre de 2021SALA CUARTA ESPECIALIZADA
Resumen del caso

Sentencia 0938/2021-S4

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SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0938/2021-S4 Sucre, 29 de noviembre de 2021

SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de amparo constitucional

Expediente: 37967-2021-76-AAC Departamento: Tarija

En revisión la Resolución 04/2021 de 11 de enero, cursante de fs. 185 a 194 vta., pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Ricardo Colodro Araoz contra Linder y María Clara, ambos Romero Torrez, Weimar Velásquez Sánchez, Agripina Romero, Felipe Romero Ramos y otros.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memoriales presentados el 31 de diciembre de 2020, cursantes de fs. 1; y, 63 a 70, y el de subsanación de 7 de enero de 2021 (fs. 73 a 74 vta.) el accionante manifestó los siguientes argumentos de hecho y de derecho:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Su familia es propietaria de terrenos ubicados en la banda del Rio Guadalquivir zona Villa Busch de Tarija; por lo que, mediante Escritura Pública de compra venta 201/2000 de 20 de diciembre, sus progenitores Jaime Colodro Velasco y Yolanda Araoz Mogro de Colodro, le constituyeron como legítimo y único propietario del lote de terreno con una superficie de 43 264,06 m², registrado en Derechos Reales (DD.RR.) bajo matrícula computarizada 6.01.1.01.0017093, aclarando que existe otro lote de terreno perteneciente a la familia Colodro con matrícula computarizada 6.01.1.01.0002848 con una superficie de terreno de 22 519,92 m².

Como antecedente agregó que la familia Romero Ramos ?ahora demandados? fue desapoderada mediante ; y, , de los terrenos pertenecientes a la familia de Ramón Antonio Colodro Velasco, con superficie de terreno de 22 519,92 m² y también se tiene aperturado un proceso penal por la presunta comisión del delito de tráfico de tierras por las ventas inescrupulosas realizadas por los hermanos Romero Ramos, en las que no participó ni le alcanzaron sus efectos.

Añadió que, una vez que obligaron a la familia Romero Ramos a restituir el inmueble a favor de Ramón Antonio Colodro Velasco tanto por la Sentencia Constitucional Plurinacional como por el proceso penal instaurado en contra de la familia indicada, de forma abusiva y estando determinados en su animus avasallador, optaron esta vez por invadir su propiedad privada, actos que le fueron advertidos por los vecinos.

Indicó que, el 23 de diciembre de 2020 se hizo presente en sus terrenos junto a Wilmer Moisés Sarmiento, Investigador de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC), quien mediante informe detalló que, dentro del terreno de su propiedad se estarían realizando construcciones; así como, muros de cerramiento y que se hubiera derribado el cerco que protegía el terreno para ingresar al inmueble, constató la presencia de varias personas habiendo identificado a María Clara y Linder, ambos Romero Torrez, Agripina Romero, Felipe Romero y Weimar Velásquez Sánchez; más hubo otras que no pudo identificar, que en número eran un aproximado de veinte, quienes a través de insultos los echaron del lugar negándose a demostrar su derecho propietario.

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