Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0946/2021-S2 Sucre, 8 de diciembre de 2021
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 34984-2020-70-AAC Departamento: Chuquisaca
En revisión la Resolución 055/2020 de 4 de septiembre, cursante de fs. 111 a 114, pronunciada dentro de la acción de amparo constitucional interpuesta por Edwin Delgadillo Cosio, Secretario General, en representación legal de la Comunidad Campesina "Tunas Norte II" de Pailón, provincia Chiquitos del departamento de Santa Cruz contra Elva Terceros Cuellar, Ángela Sánchez Panozo y Maria Tereza Garrón Yucra, Magistradas del Tribunal Agroambiental.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 3 de agosto de 2020, cursantes a fs. 1 y 63 a 71, la parte accionante expresó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Como resultado del proceso de saneamiento realizado en el departamento de Santa Cruz, el Instituto Nacional de Reforma Agraria (INRA) emitió la Resolución Administrativa RA-SS 2386/2014 de 20 de noviembre, declarando tierras fiscales al exfundo "Rancho Mariela"; posteriormente y mediante Resolución RES-ADM-AUT 232/2017 de 28 de noviembre, autorizó el asentamiento de su Comunidad en dichas tierras.
Luego de más de cuatro años, Roly Paz Rocha, a través de una acción de amparo constitucional, logró su notificación con la citada RA-SS 2386/2014, interviniendo en dicha demanda tutelar como tercero interesado, quién seguidamente interpuso demanda contencioso administrativa ante el Tribunal Agroambiental, impugnando la merituada Resolución Administrativa, proceso en el cual la Comunidad Campesina "Tunas Norte II" no fue identificada ni incluida como tercera interesada.
Es así que, a través de memoriales presentados el 10 de octubre de 2019, se apersonó en el referido proceso, solicitando su incorporación como tercera interesada a fin de asumir defensa, reiterando dicho pedido el 25 de igual mes y año; al no tener respuesta alguna, dedujo incidente de nulidad en similar sentido; sin embargo, el proceso continuó tramitándose hasta que fue emitida la Sentencia Agroambiental Plurinacional S1ª 121/2019 de 13 de noviembre.
En el mencionado proceso contencioso administrativo, uno de los terceros interesados (Comunidad 24 de septiembre), previno al Tribunal Agroambiental de la omisión del actor, solicitando se convoque al proceso a "Tunas Norte II", sin pronunciamiento alguno al respecto; por el contrario, mediante decreto de 19 de noviembre de 2019, dando respuesta a sus peticiones, les remitieron a la aludida Sentencia, con el que fueron notificados el 21 del mismo mes y año; empero, considerando la suspensión de plazos por la emergencia sanitaria por la pandemia del COVID-19, presentan la misma dentro de plazo.
Consiguientemente, el Tribunal Agroambiental lesionó sus derechos y garantías constitucionales al no incluir como tercera interesada a la Comunidad que representa en el aludido proceso contencioso administrativo, impidiéndole asumir defensa, debido al interés directo que tiene en el caso, por cuanto actualmente la Comunidad se encuentra asentada en esos predios, al igual que la Comunidad "24 de septiembre", los que fueron admitidos en esa calidad.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
Señaló como lesionados los derechos de acceso a la justicia y al debido proceso en sus elementos a la defensa, falta de motivación y a la igualdad de la Comunidad Campesina "Tunas Norte II", citando al efecto los arts. 115.I y 119 de la Constitución Política del Estado (CPE); 8.1 y 25 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH); 14 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 10 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (DUDH).
I.1.3. Petitorio
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