Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0951/2021-S4 Sucre, 29 de noviembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: René Yván Espada Navía Acción de libertad
Expediente: 37687-2021-76-AL Departamento: La Paz
En revisión la Resolución 23/2020 de 24 de diciembre, cursante de fs. 16 a 18, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ramiro Jarandilla Maldonado en representación sin mandato de Horeb Pablo Tupa Villanueva contra Ofelia Cachaca Patzi, Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Primero Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del departamento de La Paz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 24 de diciembre 2020, cursante a fs. 3 a 6, el accionante, manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra a instancia del Ministerio Público, por la presunta comisión de los delitos de acoso sexual, pornografía y violencia familiar o doméstica, el Juez de Instrucción Penal Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Quinto de La Paz, dispuso su detención preventiva desde el 20 de diciembre de 2019, posteriormente, el 21 de septiembre de 2020, el Fiscal de Materia emitió Resolución de Acusación en su contra, ante lo cual la causa fue remitida al Tribunal de Sentencia Penal Primero Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi del mismo departamento.
Agregó que ante la vacación judicial, el cuaderno procesal debió ser remitido ante el Tribunal de Sentencia Penal Septimo del departamento de La Paz, que se encontraba de turno; empero, al solicitar salida judicial con el fin de recabar documentación para acceder a la cesación de su detención preventiva se enteró que el mismo no había sido remitido al Juzgado de turno, pese a encontrarse detenido preventivamente en el Centro Penitenciario "San Pedro" de La Paz, pues la Secretaria del Tribunal de Sentencia Penal Primero Juzgado de Partido del Trabajo y Seguridad Social y de Sentencia Penal de Caranavi omitió cumplir con su obligación legal, afectando de esta manera, su derecho a la libertad.
I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
El impetrante de tutela mediante su representante sin mandato, denunció la lesión del debido proceso y de su derecho a la libertad, citando el art. 23.1, 116.1 y 2, de la Constitución Política del Estado (CPE); art. 7.5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).
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