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TCP

0954/2022-S2

Tribunal Constitucional Plurinacional
2 de agosto de 2022SALA SEGUNDA

Sentencia 0954/2022-S2

Proceso
—
Sala
SALA SEGUNDA
Año
2022

Vista de texto de la resolución.

Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0954/2022-S2 Sucre, 2 de agosto de 2022

SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de libertad

Expediente: 40773-2021-82-AL Departamento: La Paz

En revisión la Resolución 02/2021 de 4 junio, cursante de fs. 49 a 51, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Ariel Renán Blanco Caussin en representación del menor AA contra Vivian Lizeth Cabas Escobar.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 4 de junio de 2021, cursante de fs. 9 a 14, la parte accionante, expresó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Dentro del proceso de asistencia familiar seguido contra Ariel Renán Blanco Caussin -padre del menor AA y ahora accionante-, el Juez Público Civil y Comercial y de Familia Segundo de Viacha del departamento de La Paz, por Resolución 308/2020 de 20 de noviembre, dispuso -como medida provisional- el régimen de visitas a su hijo menor sin vigilancia, los días sábados, domingos y feriados a favor del prenombrado; sin embargo, dicha determinación no fue cumplida; toda vez que, su ex conviviente Vivian Lizeth Cabas Escobar -hoy demandada-, impidió efectuar las mismas por más de un mes, alegando circunstancias inverosímiles como por ejemplo que no merece ver a su hijo, la falta de confianza y por motivo de la pandemia por el Covid-19.

I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados

Señaló como lesionado el derecho a la libertad del menor, el interés superior del niño, niña y adolescente, al desarrollo integral y el "derecho a permanecer en el seno familiar", citando al efecto el art. 60 de la Constitución Política del Estado (CPE).

I.1.3. Petitorio

Solicitó se conceda la tutela; y en consecuencia, se disponga que la ahora demandada de cumplimiento al régimen de visitas.

I.2. Audiencia y Resolución de la Jueza de garantías

Celebrada la audiencia de 4 de junio de 2021, según consta en el acta cursante de fs. 45 a 48, se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante, ratificó in extenso los argumentos contenidos en la acción tutelar y ampliándola sostuvo que:

  1. a)La demandada señaló que no tendría confianza en el padre del menor AA, sin poseer ningún elemento de convicción que acredite algún peligro para la seguridad de su hijo;
  2. b)El hecho de ausentarse aproximadamente por seis meses fue por motivos estrictamente laborales;
  3. c)Si bien no efectuó el pago de con todos los meses de la asistencia familiar; empero, no es justificativo para restringir las visitas al menor;
  4. d)A pesar que se comprometió cumplir con todos los requisitos de bioseguridad para recoger al niño, no se le permitió las visitas, por más de dos semanas;
  5. e)No existiría resolución o disposición judicial que suspenda el derecho a las visitas que tienen los padres;
  6. f)La "" (sic) -no indica fecha-, resolvió un caso similar concediéndose la tutela provisionalmente y disponiendo el cumplimiento del régimen de visitas establecida en la Resolución primigenia, en tanto se resolvía el reclamo en la vía familiar; y,
  7. g)Reclamó ante el Juez Público Civil y Comercial y de Familia Segundo de Viacha del departamento de La Paz, el incumplimiento del régimen de visitas; por lo que, este tardaría algunas semanas en resolver y por ese motivo acudió a la justicia constitucional.
I.2.2. Informe de la demandada

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