Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0963/2021-S4 Sucre, 29 de noviembre de 2021
SALA CUARTA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Gonzalo Miguel Hurtado Zamorano Acción de libertad
Expediente: 37659-2021-76-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 23/20 de 26 de mayo de 2020, cursante de fs. 21 a 22 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Edil Lizondo Javier contra Lilian Zabala Zambrana, Any Milenka Kruscahia Guillen Zabala, Ismael Burgos Olmos, Jueces del Tribunal de Sentencia Penal Décimo Segundo del departamento de Santa Cruz.
I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA
I.1. Contenido de la demanda
Por memorial presentado el 25 de mayo de 2020, cursante de fs. 3 a 4 vta., el accionante manifestó lo siguiente:
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Dentro del proceso penal seguido en su contra, a instancia del Ministerio Público por la presunta comisión de los delitos de feminicidio en grado de tentativa y violencia familiar o doméstica, fue absuelto por el primer delito que se le acusaba; empero, por el segundo delito, el 19 de septiembre de 2019, fue sentenciado por el Tribunal de Sentencia Penal Décimo Segundo del departamento de Santa Cruz, a cumplir la pena privativa de libertad de cuatro años, ante tal determinación interpuso apelación restringida; toda vez que, no existía prueba congruente ni argumento legal, habiendo la supuesta víctima presentado desistimiento y abandonado del proceso, continuando el Ministerio Público de oficio con el proceso investigativo.
Paralelamente a la interposición de la apelación restringida, solicitó cesación a la detención preventiva, llevándose a cabo la audiencia el 6 de diciembre de 2019, a las 9:30; en la cual se le negó dicha solicitud, siendo que en ese entonces ya se encontraba más de dos años detenido en el Centro Penitenciario Santa Cruz "Palmasola", es decir más de la mitad de la condena que le fue impuesta, a dicha decisión interpuso Recurso de apelación incidental, a cuyo efecto se celebró el 28 de enero de 2020 a cargo de la Sala Penal Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz, que resolvió revocar la Resolución de 6 de diciembre de 2019.
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