Texto del fallo
Texto de la resolucion
FUNDAMENTACIÓN DE VOTO DISIDENTE Sucre, 5 de agosto de 2022
SALA PRIMERA Magistrada: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas
Sentencia Constitucional Plurinacional: Acción de libertad
Expediente: 41753-2021-84-AL Partes: Lidia Rivera Colque en representación sin mandato de Josué Garnica Rivera contra Bethzi Gisela Valdez Guzmán, Directora del Hospital Obrero 2 de la Regional Cochabamba de la Caja Nacional de Salud (CNS).
Departamento: Cochabamba
La suscrita Magistrada manifiesta su desacuerdo con los fundamentos y determinación asumida en la ; por lo que, en el plazo establecido expresa su Voto Disidente, bajo los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
I. ANTECEDENTES
El fallo constitucional objeto de la presente disidencia, establece como objeto procesal que, el accionante a través de su representante sin mandado alega la lesión de los derechos a la libertad de locomoción y a la dignidad, en razón a que, recibió atención médica debido a un accidente de tránsito en el Hospital Obrero 2 de la Regional Cochabamba de la CNS, cuyo personal administrativo restringió indebidamente su salida, al condicionar su alta hospitalaria al pago de la cuenta de los servicios médicos prestados, a pesar de que les indicó que contaba con un seguro de salud.
A partir de esa delimitación procesal, se resuelve la problemática concediendo la tutela impetrada en la modalidad innovativa ante la lesión de los derechos invocados dentro de esta acción de defensa, al condicionar la salida del accionante a la cancelación de los gastos médicos derivados de su internación que no habría sido desvirtuada por la Directora accionada con la presentación de prueba necesaria y suficiente.
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