Texto del fallo
Texto de la resolucion
VOTO DISIDENTE Sucre, 19 de septiembre de 2022
SALA SEGUNDA Magistrado Relator: MSc. Carlos Alberto Calderón Medrano Acción de amparo constitucional
Expediente: 43551-2021-88-AL Departamento: Cochabamba
Partes: Andrea Nicole Sánchez Rosas contra Nuria Gisela Gonzales Romero, Fiscal Departamental de Cochabamba.
I. ANTECEDENTES
El suscrito Magistrado expresa su desacuerdo con lo resuelto y fundamentado en la ; por lo que, emite su Voto Disidente de conformidad a lo dispuesto por el art. 10.III del Código Procesal Constitucional (CPCo) y a los siguientes argumentos jurídico-constitucionales:
II. FUNDAMENTACIÓN
La accionante denuncia la vulneración de sus derechos al debido proceso en sus elementos de fundamentación, motivación, congruencia y falta de valoración de la prueba; así como el de acceso a la justicia; toda vez que, la autoridad demandada a tiempo de pronunciar la Resolución FDC/NGGR IS 61/2021 de 25 de febrero, omitió valorar correctamente todos los medios probatorios obtenidos en el presente caso y ratificó el requerimiento de sobreseimiento emitido el 9 de diciembre de 2020 en favor del imputado.
II.1. La dispone REVOCAR la Resolución AAC 129/2021 de 28 de septiembre, cursante de fs. 778 a 784 vta., pronunciada por la Sala Constitucional Tercera del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba; y, "CONCEDER la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto la Resolución Jerárquica FDC/NGGR IS 61/2021 de 25 de febrero, emitida por la Fiscal Departamental de Cochabamba, debiendo pronunciarse una nueva, observando los fundamentos jurídicos expuestos en la presente Sentencia Constitucional"; cuando en todo caso se debió CONFIRMAR la citada Resolución y DENEGAR la tutela impetrada, habida cuenta que de acuerdo a los antecedentes aparejados al expediente, Nuria Gisela Gonzales Romero, Fiscal Departamental de Cochabamba, el 25 de febrero de 2021 pronunció la Resolución Jerárquica FDC/NGGR IS 61/2021, que resolvió la impugnación formulada por "NN" contra el requerimiento de sobreseimiento de 9 de diciembre de 2020, emitido por la Fiscal de Materia Marcia Fabiola Jiménez Pérez en favor de Daniel Gonzalo Eddy Maldonado Arandia, por la presunta comisión del delito de abuso sexual.
Asimismo, se tiene que el 25 de agosto de 2021, la ahora impetrante de tutela, interpuso la presente acción de amparo constitucional.
II.2. Con carácter previo, es menester corroborar el efectivo cumplimiento del principio de inmediatez previsto en el Código Procesal Constitucional; consecuentemente, en los antecedentes anexados al expediente, no cursa la constancia de notificación a la hoy peticionante de tutela; sin embargo, de manera física se cuenta con la Resolución Jerárquica FDC/NGGR IS 61/2021 -confutada a través de la presente acción tutelar- e interpuesta la presente acción de amparo constitucional el 25 de agosto de similar data; consecuentemente, se tiene que la presente acción tutelar fue incoada en el plazo previsto por ley.
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