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TCP

1399/2022-S3

Tribunal Constitucional Plurinacional
10 de octubre de 2022SALA TERCERA

Sentencia 1399/2022-S3

Proceso
—
Sala
SALA TERCERA
Año
2022

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Texto del fallo

Texto de la resolucion

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 1399/2022-S3 Sucre, 10 de octubre de 2022

SALA TERCERA Magistrada Relatora: MSc. Karem Lorena Gallardo Sejas Acción de libertad

Expediente: 42649-2021-86-AL Departamento: Santa Cruz

En revisión la Resolución 15/2021 de 27 de agosto, cursante de fs. 15 vta. a 17, pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por Juana Hilda Chachaque Colque y Luis Alberto Márquez Silva en representación sin mandato de Ingrid García Peñafiel contra Yovanna Germania Castro Gutiérrez, Fiscal de Materia.

I. ANTECEDENTES CON RELEVANCIA JURÍDICA

I.1. Contenido de la demanda

Por memorial presentado el 25 de agosto de 2021, cursante de fs. 3 a 5, la accionante a través de sus representantes sin mandato, manifestó lo siguiente:

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El 25 de agosto de 2021 a horas 9:00 brindó su declaración informativa respecto a una denuncia interpuesta en su contra por parte de Tatiana Peñafiel Quiroz -por la presunta comisión del delito de violencia doméstica o familiar-.

Una vez expuestos sus derechos, hizo uso de su derecho a guardar silencio, sin embargo, de manera inmediata la Fiscal de Materia accionada sin ningún tipo de fundamento o motivación ordenó su aprehensión sin exhibirle ningún mandamiento, ni tener copia del cuaderno de investigación a fin de que su persona pueda saber si su privación de libertad es legal o ilegal, documentos al que su persona ni sus abogados pudieron acceder lesionando sus derechos a la defensa, libertad, debido proceso y principio de seguridad jurídica.

Asimismo, y ante su consulta y la de su abogado respecto al motivo de su aprehensión, de manera verbal la Fiscal de Materia accionada, que no es la asignada al caso sino simplemente la coordinadora, manifestó que los exámenes psicológico y médico forense coincidían en "la fecha" y que ello era suficiente para ordenar su aprehensión, sin presentarle ninguna resolución escrita y firmada por autoridad competente que le haga saber los argumentos de esta determinación.

I.1.2. Derechos y principio supuestamente vulnerados

La impetrante de tutela a través de sus representantes sin mandato, denuncia como lesionados sus derechos a la libertad, a la defensa, al debido proceso y al principio de "seguridad jurídica"; citando al efecto los arts. 9.4, 13.I, 23.I y 115.I de la Constitución Política del Estado (CPE); 9.1 del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP); y, 1, 2 y 5 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos (CADH).

I.1.3. Petitorio

Solicita se conceda la tutela impetrada, y en consecuencia se declare la nulidad de la Resolución de aprehensión ilegal, disponiéndose se extienda el correspondiente mandamiento de libertad.

I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías

Celebrada la audiencia pública el 27 de agosto de 2021, según consta en el acta cursante a fs. 15, actuado que no contó con la presencia de ninguna de las partes procesales; se produjeron los siguientes actuados:

I.2.1. Ratificación de la acción

La peticionante de tutela no asistió a la audiencia de consideración de la acción de libertad, pese a su notificación cursante a fs. 8.

I.2.2. Informe de la autoridad accionada

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