Texto del fallo
Texto de la resolucion
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 2455/2026-S1 Sucre, 14 de septiembre de 2026
SALA PRIMERA ESPECIALIZADA Magistrado Relator: Ángel Edson Dávalos Rojas Acción de libertad
Expediente: 68761-2024-138-AL Departamento: Santa Cruz
En revisión la Resolución 33/24 de 26 de octubre de 2024, cursante de fs. 33 vta. a 36 vta., pronunciada dentro de la acción de libertad interpuesta por José Miguel Islas Rivero en representación sin mandato de Dayana Da Silva Barbosa y Daniele Da Silva Barbosa contra Roxana Gonzales Antelo, Fiscal de Materia; Juan Gustavo Astilla Encinas, Director de la Fuerza Especial de Lucha Contra el Crimen (FELCC); y, Arturo Aguirre Gutiérrez, Funcionario Policial asignado al caso.
I. OBJETO PROCESAL
Las accionantes, a través de su representante sin mandato denuncian la lesión del debido proceso y el derecho a la libertad; puesto que, el 13 de octubre de 2024, fueron arrestadas con fines investigativos, secuestraron sus pasaportes y pese a su solicitud escrita, no fueron devueltos; por lo que, no pudieron retornar a su país; por lo que, solicitaron se disponga el cese de restricción de su libertad.
Juan Gustavo Astilla Encinas, Director de la FELCC, mediante informe escrito de 26 de octubre de 2024, fs. 23 a 25 vta., y en audiencia de garantías señaló que, no realizó ningún arresto ni secuestro de pasaporte de las impetrantes de tutela, actuaciones que no están dentro de sus atribuciones establecidas por Ley y que previamente se debe acudir a la autoridad jurisdiccional a cargo del proceso.
Arturo Aguirre Gutiérrez, Funcionario Policial asignado al caso, en audiencia de garantías, señaló que, no tuvo más coordinación con los Fiscales asignados al caso desde la audiencia de medida cautelar, cuenta con requerimientos pendientes sobre el caso; el cual, esta con una comisión de Fiscales a cargo.
Roxana Gonzales Antelo, Fiscal de Materia, no presentó informe escrito alguno ni asistió a la audiencia de garantías pese de su notificación cursante a fs. 15.
El Juez de Sentencia Penal, Anticorrupción y contra la Violencia hacia la Mujer Cuarto de la Capital del departamento de Santa Cruz; constituido en Juez de garantías, mediante Resolución 33/24 de 26 de octubre de 2024, cursante de fs. 33 vta. a 36 vta., denegó la tutela solicitada, debido a que las impetrantes de tutela no agotaron los mecanismos ordinarios de impugnación dentro del proceso penal y no acreditaron encontrarse en un estado absoluto de indefensión, existiendo control jurisdiccional por parte de un Juez.
En consecuencia, corresponde en revisión, determinar si tales argumentos son evidentes, a fin de conceder o denegar la tutela solicitada.
II. Trámite Procesal en el Tribunal Constitucional Plurinacional
En el marco del Plan de Descongestionamiento Procesal, este Tribunal Constitucional Plurinacional, en reunión de Sala Plena de 14 de enero de 2026, estableció el uso del Formato Corto de Resolución para todas las causas comprendidas en el Plan Piloto. Determinación ratificada posteriormente, a través del Acuerdo Jurisdiccional de Sala Plena TCP-SP 010/2026 de 17 de junio, en el que se estableció la resolución de causas, mediante sentencias de aplicación de jurisprudencia reiterada.
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